La
Audiencia Provincial de Ávila ha dictado una condena de
dos años de prisión y seis años de inhabilitación absoluta para el ejercicio de la profesión
médica contra A.R.R. por un delito de
descubrimiento de secretos personales de especial relevancia, concretamente relacionados con la salud, cometido por un funcionario público. La sentencia se debe a que
la condenada accedió en tres ocasiones al historial clínico de su compañera O.E.G.J.
sin contar con su consentimiento ni justificación alguna.
El fallo fue anunciado por el presidente del tribunal, Javier Encinar, durante la celebración del juicio este miércoles, tras alcanzarse
un acuerdo de conformidad entre las partes. Dicho acuerdo también establece que la condenada
no ingresará en prisión, siempre que no cometa ningún delito durante los dos años de pena impuesta.
Además, la resolución judicial contempla el pago de
una multa de 15 meses, con una cuota diaria de 4 euros, así como una indemnización por responsabilidad civil de
50.000 euros, de los cuales ya se habían abonado
5.620 antes del juicio. Este pago previo permitió la aplicación de la "atenuante muy cualificada de reparación del daño", según explicó el fiscal jefe de Ávila, Francisco Javier Rojo, a los medios de comunicación.
A.R.R. se ha comprometido a abonar el importe restante en un plazo de 10 días hábiles y ha manifestado su conformidad con los términos del acuerdo alcanzado. Gracias a este pacto, la vista judicial se ha desarrollado en aproximadamente veinte minutos.
Petición de 4 años de cárcel para la médica
El acuerdo ha supuesto una reducción de la pena inicialmente solicitada por la Fiscalía, que pedía 2 años y 7 meses de prisión, así como 9 años de inhabilitación para la acusada. Por su parte,
la acusación particular solicitaba una condena de 4 años de cárcel y 12 años de inhabilitación absoluta, mientras que la defensa pedía su absolución.
La sentencia, que ya ha adquirido firmeza, responde a los accesos realizados por la condenada al historial médico de su compañera
mediante el sistema "Medora" en tres fechas concretas: el 22 de enero, el 26 de julio y el 21 de noviembre de 2020.
Ambas implicadas, A.R.R. y O.E.G.J.,
trabajaban en un mismo centro de salud de Ávila. La consulta no autorizada del historial de la segunda tuvo lugar mientras esta se encontraba en situación de incapacidad temporal y sin que la acusada tuviera ninguna función asistencial sobre ella.
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