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Absuelto un médico juzgado por entrar a la historia clínica de un compañero

La Audiencia apunta que hay dudas de que fuera el autor de los accesos, aunque las sesiones se abrieran con sus claves

Hospital Universitario de Navarra.

24 feb 2024. 17.20H
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Un médico especialista del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y que trabaja en el Hospital Universitario de Navarra (HUN) ha sido absuelto en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de un delito de descubrimiento y revelación de secretos del que estaba acusado. La Fiscalía y la acusación particular pedían para él hasta cuatro años de cárcel por haber accedido de manera ilegal a la historia clínica de otro compañero facultativo.

Además, se solicitaba diez años de inhabilitación para ejercer su profesión y 10.000 de indemnización, aunque la sentencia no es firme porque ha sido recurrida. A pesar de constatarse que los accesos se produjeron desde sesiones de ordenador abiertas con las claves del acusado, el tribunal considera que existen otros elementos que hay que tener en cuenta.

Uno es el hecho de que cuando se produjeron los mencionados accesos el acusado se encontraba en el quirófano o en otras actividades como reuniones, que no ofrecen certeza absoluta de que fuera él quien entró al historial y no lo hiciera otra persona. Además, apunta la Justicia que pudo darse la circunstancia que el sistema de acceso a la historia clínica se desbloqueara y se mantuviera abierto sin que fuera el acusado el autor.

Accesos indebidos de 2017 a 2019


Así, con su usuario y contraseña se produjeron cuatro accesos indebidos a la historia clínica del otro especialista, entre marzo y mayo de 2017 y en abril de 2019. La Audiencia recoge que se produjo tanto a datos administrativos, como a datos clínicos con información complementaria, y que las sesiones estuvieran abiertas unos 20 minutos.

Sin embargo, la Audiencia expone que el acusado fue el usuario que inició las sesiones de los citados días, pero no consta que realizara dichos accesos porque, conforme a la programación quirúrgica "estuvo en una ocasión en quirófano realizando una operación, y en otra en una reunión con otros profesionales".

La sentencia explica que "iniciada la sesión con el usuario y contraseña, la misma puede permanecer abierta y acceder otra persona distinta al usuario a la historia clínica". Los mencionados días, el acusado compartió las intervenciones programadas en la Sección que trabaja con otro compañero.

El sistema operativo se bloquea trás 15 minutos de inactividad del usuario y el de la aplicación de historia clínica se bloquea a los diez minutos, pero se podría activar con el desplazamiento del ratón. No consta, a excepción de un caso, la ubicación del equipo desde el que se realizó cada uno de los accesos. El tribunal afirma que "constituye un indicio de singular potencia acreditativa de que los accesos no autorizados se realizaron desde las sesiones informáticas abiertas con el usuario y contraseña del acusado", pero no implica una presunción de que el autor fue el acusado.

Los contraindicios probados que sustentan la tesis exculpatoria de la defensa en relación con las fechas y horas en las que se produjeron los accesos indebidos, como respeto de la certificación relativa a la programación de intervenciones del quirófano, llevan a la absolución del procesado.

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