24 hospitales ejercerán de Registro Civil

La implementación será gradual hasta finales de año

Martes, 13 de octubre de 2015, a las 12:50
Ricardo Martínez Platel. Madrid
A partir de  este jueves,  24 hospitales del SNS (lo que supone un 3 por ciento de los 787 existentes) se encargarán de inscribir los nacimientos y las defunciones en el Registro Civil y remitirán los datos por vía electrónica desde los centros médicos. Así se sustituirá el desplazamiento de los padres hasta las sedes de los registros para inscribir a sus hijos en el Libro de Familia, tal y como había adelantado el ministro de Justicia, Rafael Catalá.

Rafael Catalá.

La implantación, que será gradual hasta finales de año, comenzará en los hospitales Clínico de Valladolid, Complejo Hospitalario de Pontevedra, Gutiérrez Ortega de Valdepeñas, Hospital de Terrassa, Hospital de Álava, Juan Ramón Jiménez de Huelva, Hospital General de Lanzarote, Hospital Comarcal de Melilla, Hospital de Mérida, Hospital Comarcal del Noroeste de Caravaca de la Cruz, Hospital de Inca, Hospital Central de Asturias, Doctor Peset de Valencia, Clínico Lozano Blesa de Zaragoza, Complejo Hospitalario de Navarra, San Pedro de Logroño, y en los hospitales madrileños de Alcorcón, Torrejón, Fuenlabrada, Infanta Leonor, Puerta de Hierro e Infanta Leonor. De esto modo, las 17 comunidades autónomas, más Ceuta y Melilla, tendrán centros que piloten esta iniciativa.

Los centros sanitarios pasarán a convertirse en una especie de ventanilla única ante la que se tramitarán los elementos propios del Registro Civil y, por lo tanto, deberán estar firmados electrónicamente por los facultativos de cada uno de los centros de trabajo, por lo que, en principio, no supondrá para los profesionales un esfuerzo añadido, ya que se tratará más de una labor administrativa.

Entre las mejoras  que aportará la iniciativa están las medidas concretas, por ejemplo, las medidas biométricas, médicas y analíticas que se desarrollarán reglamentariamente y que permitirán asegurar el hecho del nacimiento y la determinación de la filiación materna, poniendo fin a cualquier posibilidad de que sucedan en el futuro situaciones como las de los bebés robados, o la obligación de que el formulario esté acompañado del parte facultativo acreditativo del nacimiento.

En resumen, se libera a los progenitores de la obligación de desplazarse físicamente a la oficina del registro, se refuerzan los medios probatorios de la filiación y en cuanto a las defunciones también se comunicarán electrónicamente, garantizando la adopción de las cautelas necesarias por si dicha defunción se hubiese producido en alguna de las circunstancias que requeriría intervención judicial.

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