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"Es necesario que el Gobierno promulgue una Ley de emergencias sanitarias"

Ofelia de Lorenzo y Aparici, de De Lorenzo Abogados, se une al documento de Lecciones del Covid-19 de Redacción Médica

Ofelia de Lorenzo y Aparici.

23 nov 2020. 15.40H
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Ofelia de Lorenzo y Aparici, socia-directora área jurídico contenciosa en de Lorenzo Abogados, es una gran conocedora del derecho sanitario, y ha observado la evolución de la pandemia del coronavirus Covid-19 con un enfoque jurídico. Tal es así, que, en su opinión, el Gobierno debe “promulgar una Ley Orgánica de Salud o de emergencias sanitarias, que concrete las competencias del Gobierno y los autonómicos”. De Lorenzo y Aparici se une al documento elaborado por Redacción Médica, Lecciones del Covid-19, para dar su punto de vista sobre la pandemia, y analizar, desde un punto de vista jurídico, cuáles han sido los errores y aciertos durante la gestión de la crisis del coronavirus Covid-19.

¿Cuáles son los aciertos y errores que han tenido las autoridades españolas en la gestión de la segunda ola de coronavirus Covid-19?

En mi opinión como errores fundamentales, está la excesiva relajación tras el estado de alarma, nuestra administración sanitaria no supo y sigue sin saber trasmitir lo difícil e inédita que es esta crisis sanitaria, hay que recordar que con el verano volvíamos con la desescalada a una supuesta normalidad, siendo otro de los grandes problemas la transmisión asintomática. Por último, no se han llevado a cabo para controlar esta segunda ola, una detección precoz de casos, junto a un ejército de rastreadores en coordinación con atención Primaria.

Como abogada especializada en derecho sanitario, destaco como acierto a la Comunidad de Madrid, con su  Presidenta al frente, Isabel Díaz Ayuso, al emprender contra viento y marea y sin apenas instrumentos legales, una política agresiva de diagnóstico con test rápidos en territorios muy limitados, junto a la concienciación de los madrileños tras la primera ola, convirtiendo hoy por hoy a Madrid en un ejemplo, a pesar del desencuentro político-jurídico-sanitario, con el Gobierno, y no obstante tener la comunidad una alta concentración de población, padecer las facilidades que da al contagio el hacinamiento en los transportes públicos, y en las calles de algunas zonas, junto a la falta de control en aeropuertos y estaciones, preservando al tiempo la economía de nuestra Comunidad.

¿Qué medidas deberían adoptarse en cuanto a recursos humanos, recursos materiales, y organización que no se hayan adoptado ya?

"Debe reconocerse a los profesionales sanitarios conforme ha solicitado la OMC la declaración de enfermedad profesional"

Fundamentalmente, la creación de comités expertos, profesionales independientes, con nombres y apellidos, técnicos y científicos expertos en Salud Pública y Medicina preventiva, que tracen diagnósticos correctos con medidas de aislamiento proporcionadas, indicadores claros y con un seguimiento efectivo.

Es necesaria una coordinación entre las Comunidades Autónomas, y no trasmitir mensajes “no reales” a la población como el que en noviembre tendríamos la vacuna, cuando la vacuna no llegará este otoño, pues tanto Pfizer como Moderna están ahora anunciando la solicitud de aprobación de sus prototipos, todo ello a expensas de si se producirá una relajación o endurecimiento de las normas por parte del regulador estadounidense que permita la autorización de emergencia de alguna de ellas.

Por último, debe reconocerse a los profesionales sanitarios conforme ha solicitado la OMC la declaración de enfermedad profesional en la línea del reconocimiento ya efectuado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), y extenderse el reconocimiento de accidente de trabajo conseguido por los Médicos al conjunto de las personas trabajadoras que por su actividad profesional han estado expuestas a similares riesgos de contagio de la pandemia.

¿Qué podría aportar su sector que no haya podido aportar en las primeras olas de la pandemia?

Con una Ley de Cohesión y Calidad del SNS, totalmente desactualizada y con ello el papel del Consejo Interterritorial, y con dos normas de salud pública, la ley de 1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, inconcreta y la Ley General de Salud Pública de 2011 que sigue sin haberse desarrollado, es necesaria una Ley de emergencias sanitarias, que como en el caso de Alemania, ha modificado la ley de protección de infecciones para permitir específicamente las limitaciones a la libertad de circulación por parte de los Länder.

Desde el sector jurídico sanitario sigue siendo necesaria la promulgación de una Ley Orgánica de Salud o de emergencias sanitarias, que concrete las  competencias del Gobierno y los autonómicos y, a su vez, qué decisiones puede adoptar el presidente de una comunidad autónoma sin ratificación judicial y cuáles la exigirían, por entrar en conflicto con derechos fundamentales, que permita un sólido soporte legal a las comunidades para gestionar la etapa actual, que evitaría el caos regulatorio actual.


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