Imagine, amable lector, una sociedad deportiva en la que sus asociados desean crear una sección de un determinado deporte. Para no referirme a un caso real y actual, supongamos que el deporte ansiado es el fútbol sala. ¿Qué sucedería si los dirigentes de esa sociedad deportiva eligieran baloncestistas para jugar a fútbol sala, porque en ambos deportes se juega con una pelota, o escogieran balonmanistas, porque la finalidad del juego es introducir la pelota en una portería? Los aludidos dirigentes podrían justificar su decisión en base a que las dimensiones de la cancha son idénticas en los tres deportes. No obstante,
este pobre argumento sería inaceptable por los asociados del hipotético club deportivo.
Pues bien, esto es lo que está ocurriendo con la
Genética Clínica. Esta área de actividad profesional se ha convertido en
tierra de aluvión, a la que llegan profesionales, valiosos y preparados en sus distintas especialidades, pero que no son genetistas. La última prueba de ello es la
convocatoria de la Junta de Andalucía, de 1 de agosto de 2019, de 9 plazas de genetista clínico. Es una demanda de los andaluces, que debe satisfacerse porque objetivamente su demanda es razonable.
La fantasmagórica situación de la Genética Clínica en España obliga a la Administración sanitaria andaluza a
abrir dicha convocatoria a distintos titulados, de los que ninguno de ellos puede acreditar ser especialista en la disciplina en la que va a desarrollar su actividad profesional. Unos serán
analistas clínicos, otros serán
microbiólogos, otros habrán trabajado en Genética Clínica,
pero sin haberse contrastado su especialización. En definitiva, la necesidad de aplicar la ciencia y la tecnología propias de la Genética Clínica a los andaluces será a través de un aluvión de profesionales, sin que esta situación sea de su responsabilidad.
El afán por desarrollar su actividad en Genética Clínica lleva a especialistas de otras áreas a autocalificarse como especialistas en Genética Clínica,
lo que es falso por imposible. Como ya planteé en mi nota “
La Genética Clínica y el intrusismo profesional” publicada en estas mismas páginas, estas personas están incurriendo en un delito de
intrusismo profesional, tipificado por el artículo 403 del Código Penal.
Muy recientemente, también en estas mismas páginas se ha publicado el
resumen de una entrevista al médico Juan José Tellería, secretario de la Asociación Española de Genética Clínica. Coincido con su contenido, aunque discrepo del titular, que añade el adjetivo “médica” a la futura especialidad de Genética Clínica. Estoy de acuerdo con
Juan José Tellería, en tanto no utiliza dicho término. De nuevo, he de referirme a mi escrito “
La Genética Clínica en el punto de mira”: como en las especialidades sanitarias de Laboratorio Clínico,
la Genética Clínica no es médica porque su práctica no implica ningún acto médico. Otra cosa es el diagnóstico que efectúe el médico en base a la consulta (dictamen por escrito o de palabra que se pide a alguien sobre algo, según el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua) que el médico recaba al genetista clínico.
Acabo insistiendo al actual Gobierno en funciones que explicite sin reservas que
creará de inmediato la especialidad sanitaria de Genética Clínica. Nuestro Sistema Nacional de Salud la necesita.
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