Opinión

La falta de consentimiento deriva en la nulidad del propio contrato


Por Ofelia De Lorenzo, letrada de De Lorenzo Abogados
Sentencias comentadas

19 febrero 2014. 18.08H
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El titulo de este comentario, es la fundamentación que sostiene la Sección 1ª de Ciudad Real en su resolución de fecha 17 de Diciembre, para confirmar la condena a 31.138, 02 € en concepto de indemnización como consecuencia de una mamoplastia de aumento.

Recoge la Sala, que si bien en medicina estética no puede garantizarse resultado alguno como tiene establecido la doctrina de la Sala 1ª del Tribunal Supremo, lo cierto es que cobra especial importancia la información al paciente, que en casos como el enjuiciado, se debe documentar en el llamado consentimiento Informado.

Mediante dicho acto el paciente asume de forma voluntaria el acto médico en base a la información que se le suministra, que debe comprender no solo la forma de realización del acto médico en sí, sino también los riegos que ello supone, tanto los previsibles, como excepcionales y desde luego personalizados.

En el caso enjuiciado, se presentó como prueba y por la Clinica demandada documento de consentimiento informado para mamoplastia de aumento firmado por la reclamante. Ahora bien, dicho documento carecía de fecha, motivo este que según la Sala no acreditaba la validez del consentimiento, “la discusión sobre el alcance de la responsabilidad atendiendo al tipo de medicina aplicada resulta un tanto estéril, pues aunque no pudiéramos determinar que haya existido una actuación médica contraria a la lex artis, tal como el perito judicial defiende, la responsabilidad derivaría de esa falta del deber de información y, por tanto, de asunción libre de los perjuicios de la intervención”.

En base a lo anterior, se concluye que la falta de consentimiento deriva en la nulidad del contrato, y por tanto procede la devolución de las cantidades devueltas a la clínica demandada, sin que quepa apelar a que la operación de mamas efectivamente se practicó, puesto que al no haberse acreditado que la paciente asumió los riesgos, existe una nulidad de contrato y no puede asumir la paciente los gastos de la intervención de mamoplastia.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real (Sección 1ª) de 17 de Diciembre del 2013

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