Opinión

En defensa de los derechos del enfermo renal


Miguel A. Ramiro Avilés es profesor titular de Filosofía del Derecho en la Universidad de Alcalá, donde coordina la Clínica Legal de la Facultad de Derecho
Firmas

02 octubre 2015. 12.22H
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Se estima que en España casi el 9,2 por ciento de la población presenta una enfermedad renal crónica en alguno de sus distintos estadios, y el porcentaje se eleva hasta casi el 24 por ciento entre las personas con más de 65 años. A lo largo de los últimos treinta años se ha logrado que este colectivo de personas haya mejorado notablemente sus expectativas y calidad de vida, gracias a que el sistema público de salud ha garantizado el acceso a los mejores tratamientos terapéuticos: la diálisis y el trasplante renal. La existencia de un sistema público de salud basado en el principio de universalidad garantizaba que todas las personas pudieran acceder a los tratamientos incorporados en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, haciéndose efectivo de esa manera el derecho a la protección de la salud reconocido en la Constitución.

Han sido muchos los agentes que han contribuido con esfuerzo a su consecución: la Administración pública, tanto a nivel estatal como autonómico, las sociedades científicas, las asociaciones en las que se agrupan las personas con enfermedad renal crónica, las miles de personas anónimas con enfermedad renal crónica, sin olvidar a sus familias. Este gran logro social también forma parte de eso que se denomina ‘marca España’ y que, sin duda, contribuye a mejorar la imagen de nuestro país en el exterior.

Lamentablemente, esta historia de éxito se ha visto truncada. En los últimos años, y en espacial desde finales de 2012, se han ido adoptando una serie de normas jurídicas y se han ido desarrollando una serie de políticas públicas que han dejado aparcado el principio de universalidad. Estos cambios, con la excusa o la justificación de la crisis económica, han ido mermando las prestaciones a las que las personas con enfermedad renal crónica tenían derecho o han ido colocando barreras administrativas que dificultan o impiden el acceso a las prestaciones sociales y sanitarias, afectando en algunas ocasiones al principio de igualdad reconocido en los artículos 9.2 y 14 de la Constitución.

Este cambio ha motivado que la Federación Nacional de Asociaciones para la Lucha contra las Enfermedades Renales (Alcer) haya redactado un Manifiesto de Personas con Enfermedades Renales en el que se presentan en clave de derechos las principales reivindicaciones de este colectivo. El enfoque basado en los derechos determina que la enfermedad renal crónica no deba analizarse exclusivamente como una cuestión médica sino también como una cuestión social en la que la enfermedad no se observe sólo como un atributo individual o como una cuestión de salud pública.

En los once puntos que componen el manifiesto se observa la importancia que la dignidad, la igualdad y la no discriminación tienen para las personas con enfermedad renal crónica en el disfrute de los derechos, bienes y servicios. De ahí que el primer derecho que se exija sea el respeto a la voluntad y a la libertad de decisión, o que se reclame el derecho a la movilidad geográfica. Derechos que, no obstante, en la mayoría de los casos no son derechos específicos para las personas con enfermedad renal crónica o que no se encuentren ya recogidos en la legislación española. Se reclama disfrutar de los mismos derechos, bines y servicios que las demás personas y que se cumplan aquellas obligaciones a las que se han comprometido los poderes públicos.

En el manifiesto se reclama, en definitiva, el reconocimiento, protección y desarrollo real y efectivo de una serie de derechos que se consideran básicos para las personas con enfermedad renal crónica y para la construcción de una ciudadanía no solo política sino también social.

Acceda aquí al manifiesto completo
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