Hace ya 6 años que se publicó en el BOE la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
La citada ley entró en vigor el 2 de enero de 2011 y en este tiempo
ha pasado a formar parte de la realidad social de nuestro país. Hoy, es una realidad indiscutible
la ausencia de humo de tabaco en los establecimientos públicos de este país en una situación que ha sido posible en buena medida
gracias al comportamiento del conjunto de la ciudadanía.
Hay que dar
gracias especiales a las personas fumadoras que aceptan día a día una realidad que es indiscutible: el humo del tabaco perjudica a quien fuma como a quien es fumador pasivo.
Una vez que han pasado estos 6 años y con motivo de la efeméride,
es bueno plantearse qué ha pasado y cómo ha impactado en la salud pública la aplicación de esta Ley.
Debemos recordar que la Disposición Adicional Undécima de la Ley 42/2010, establecía que el Ministerio de Sanidad
debería remitir a las Cortes Generales un informe bienal de evaluación del impacto de esta norma sobre la salud pública durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigor de la Ley.
Es evidente que
la lucha frente al tabaquismo y frente a sus efectos en la salud pública es un objetivo de primer orden que conviene reforzar y reformular en función de la evolución de los indicadores derivados del análisis del impacto de la Ley.
Es por eso que he decidido registrar en
el Senado una serie de preguntas al Gobierno para conocer
si ha cumplido el Ministerio de Sanidad con el mandato establecido en esa Disposición Adicional Undécima.
La batería de preguntas pretende conocer
la evolución de la prevalencia del consumo de tabaco por edades y la valoración del Gobierno sobre la prevalencia del consumo de tabaco en menores de 18 años y en jóvenes de 18 a 30 años. Conseguir la prevención del consumo de tabaco en este segmento de población es un objetivo de primer orden.
También se pretende conocer cuál es
la evolución de los indicadores de mortalidad y de morbilidad de aquellas patologías vinculadas al consumo de tabaco durante el periodo de vigor de la Ley y cuál es el resultado de los estudios relativos a la exposición al humo ambiental de tabaco durante estos 6 años.
En la evaluación del impacto de la Ley es interesante conocer la evolución de las ventas de productos de tabaco y de la utilización de servicios de deshabituación del tabaquismo.
A partir de este tipo de información
hay que plantearse conocer las líneas generales de acción y las principales novedades a desarrollar por parte del Gobierno en materia de prevención del tabaquismo así como su voluntad en relación a la transposición de la Directiva Europea de productos de tabaco.
Conviene
no bajar la guardia en la lucha contra el tabaquismo para asegurar la prevención del enorme daño a la salud que el tabaco produce en el conjunto de la población.
Tras estos 6 años transcurridos, es justo agradecer a las
ministras impulsoras de esta ley, a los
grupos parlamentarios que la apoyaron y a
todas las personas fumadoras que con su comportamiento hacen posible que respiremos más salud en España.
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