Opinión

La Ley de Cuidados Paliativos, ¿para cuándo?


Jacinto Bátiz Cantera, director del Instituto Para Cuidar Mejor del Hospital San Juan de Dios de Santurce (Vizcaya). Responsable de Bioética de la SEMG
Firmas

08 octubre 2022. 10.00H
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Parece que el Estado está “cómodo” y “tranquilo” porque ya ha cumplido con los ciudadanos ante su demanda para aliviar su sufrimiento al final de la vida. Sí, así lo creo, porque a partir del 21 de marzo de 2021, con la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) no se observa ningún “movimiento legislativo” para que las más de 75.000 personas que cada año necesitan cuidados paliativos puedan acceder a ellos. Estas personas tan solo tienen derecho a aliviar su sufrimiento solicitando el adelantamiento de su muerte, ejerciendo el derecho a la prestación de la ayuda a morir que le otorga la Ley de Eutanasia.

¿Para cuándo una Ley de Cuidados Paliativos? Desde varias instituciones (OMC y SECPAL) seguimos reclamando una Ley Nacional de Cuidados Paliativos que ordene los recursos y ofrezca garantías para que en España nadie sufra mientras llega su muerte. Una Ley para que estos cuidados se contemplen como un derecho a recibir una buena atención. Unos cuidados que se apliquen a las personas que padezcan cualquier tipo de enfermedad en fase avanzada para poder hacer una correcta toma de decisiones compartida con el paciente y la familia, y elaborar un plan de cuidado integral centrado en el paciente, teniendo como objetivos el tratamiento del dolor y de otros síntomas que le provoquen sufrimiento, así como ofrecer soporte psicológico y social y poder planificar los cuidados al final de vida.

Es preciso tener en cuenta que los cuidados paliativos dignifican el cuidado del enfermo. Estos cuidados no tienen como objetivo la muerte, sino que cuidan la vida mientras ésta llega a su tiempo, evitando el sufrimiento. No alargan la vida innecesariamente, la ensanchan. Por eso nuestra insistencia en reclamar una Ley Nacional de Cuidados Paliativos para que en España nadie padezca un sufrimiento evitable cuando padece una enfermedad avanzada, incurable, en fase terminal. Pero nuestro país está por debajo de la media europea en cuidados paliativos según el Atlas de Cuidados Paliativos Europa 2019 publicado por la Universidad de Navarra. Este informe, que compara la situación de estos cuidados en 51 países europeos, afirma que España está muy lejos de la dotación recomendada por ratio de habitantes y por debajo de la media europea. Los cuidados paliativos deben considerarse como un derecho a recibir una buena atención, y no sólo durante los días o semanas previas al fallecimiento, sino también desde que se detecta la incurabilidad del proceso, para acompañarlo desde su inicio.

"Los cuidados paliativos deben considerarse como un derecho a recibir una buena atención, y no sólo durante los días o semanas previas al fallecimiento, sino también desde que se detecta la incurabilidad del proceso"


Creo que sería muy oportuna una Ley Nacional de Cuidados Paliativos. Los enfermos, sus familias y los profesionales que les atendemos estamos convencidos de que la atención al final de la vida es una necesidad. Por ello considero que es oportuna una Ley que garantice esta atención como un derecho. Una Ley que tenga como objetivo no solo otorgar el derecho a una muerte digna, sino conservar la dignidad de la persona durante todo el proceso de morir. Una Ley que proteja a la persona enferma en fase terminal de lahipertecnificación médica. Que tenga a la persona como protagonista de su proceso, su centro y sujeto activo de atención y no mero objeto pasivo de cuidados. Que reconozca que la relación asistencial precisa de la confianza del paciente y su familia en los profesionales y las organizaciones sanitarias. Una confianza basada en la competencia profesional y en la actitud empática de los profesionales. Que tenga en cuenta las dificultades de la familia para cuidar al enfermo y garantice soluciones prácticas a estas dificultades.

El acuerdo ético y jurídico básico de una ley para facilitar una buena muerte debiera contemplar el derecho a recibir cuidados integrales y de calidad, y el derecho a que se respete la autonomía de la persona enferma en el proceso del final de la vida. Es necesaria una regulación por ley de las garantías y las libertades que aseguren en todos los casos el respeto a la dignidad de la persona en el proceso del final de la vida. Una Ley que garantice el derecho que toda persona tiene al alivio del sufrimiento mediante una asistencia paliativa de calidad, respetuosa con sus valores y creencias, que pueden ser expresadas en ese momento o de forma anticipada en el documento de voluntades anticipadas o documento de instrucciones previas. Que garantice la igualdad y la no discriminación de las personas en el proceso de morir a la hora de recibir servicios del ámbito social o sanitario. Que garantice que el rechazo o interrupción de un diagnóstico, tratamiento o información por voluntad de la propia persona no causará ningún perjuicio en su derecho a recibir asistencia integral del ámbito social o sanitario. Una Ley que garantice el derecho de todas las personas a recibir cuidados paliativos integrales y un tratamiento adecuado para hacer frente a los síntomas físicos y a los problemas emocionales, sociales y espirituales consustanciales a dicho proceso. Que garantice una atención socio-sanitaria personalizada, a través de la coordinación y cooperación entre los sistemas de salud y de servicios sociales, velando por la continuidad de cuidados. 

"Es necesaria una regulación por ley de las garantías y las libertades que aseguren en todos los casos el respeto a la dignidad de la persona en el proceso del final de la vida"


Durante muchos años, los cuidados paliativos han dependido fundamentalmente de la buena voluntad, de la vocación y del interés de unos cuantos profesionales, pero según dice la Organización Mundial de la Salud (OMS), la voluntad política es un elemento decisivo para garantizar la adecuada atención a las personas al final de la vida. Esperemos que nuestros parlamentarios asuman la voluntad política para elaborar una Ley Nacional de Cuidados Paliativos, pero dotada de recursos presupuestarios, de lo contrario no servirá para mucho si se publica en el Boletín Oficial del Estado dicha Ley, pero sin dotación presupuestaria.
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