La puerta de urgencias del hospital constituye
el destino más temido por los licenciados en Medicina que concluyen su periodo formativo de residencia, sin duda debido a la dureza y el cariz espectacular de las actuaciones médicas que, a veces, debe llevar a cabo quien la custodia.
En España, tal función ha correspondido, en términos históricos,
a los internistas, reumatólogos, anestesiólogos, intensivistas y médicos de familia como principales especialidades relacionadas. Como bien saben quienes han ejercido el oficio de médico de la sanidad pública en los últimos 45 años, los hospitales dispusieron, en los inicios de sus fórmulas organizativas, de los llamados
departamentos de Medicina, que se correspondían con las direcciones médicas actuales y gobernaban los centros antes de que surgieran la figura del gerente y otras jefaturas, hoy imperantes, como las de Enfermería, Gestión, Información o Servicios Generales.
Dentro de tales departamentos, l
os internistas fueron quienes lideraron la prestación del servicio de urgencias que, a partir de los años 80, cuando pasó a depender de la Gerencia, fue orquestado tanto por ellos como por facultativos de las otras especialidades mencionadas.
Esta condición fue bautizada como la de coordinador, y, por desgracia para sus titulares,
no adquirió el rango de jefe de Servicio al no existir la especialidad del que habría de llamarse urgenciólogo. En la actualidad,
el coordinador de urgencias cobra lo mismo que el jefe de Servicio de cualquier especialidad médica pero no investiga o enseña ni dispone de otros reconocimientos inherentes a su cargo, función y desempeño.
En este contexto, los gobiernos de dos comunidades autónomas,
Cataluña y Andalucía, han despuntado del resto al abrir la veda del reconocimiento de la especialidad de urgencias, o, cuando menos, de la necesidad de formalizar sobre el papel la realidad de su jefatura en los hospitales, muy distinta a la que fue en sus orígenes dependientes de los departamentos de Medicina. Además, se organice y se reconozca del modo que sea, la vía de la atención hospitalaria urgente se ha erigido como
la marca de calidad por excelencia del Sistema Nacional de Salud (SNS) y fiel medidor de su capacidad funcional, aspecto en especial visible en los últimos años de crisis económica.
En el caso de la comunidad catalana, en octubre de 2014 la Generalitat anunció que
iba a dotar de amparo administrativo a los profesionales del Instituto Catalán de la Salud (ICS, que incluye a ocho hospitales) para que articularan su estatus en las urgencias de forma equivalente al que disfrutan los integrantes del resto de los servicios. De este modo, Cataluña se desmarcó de las demás autonomías y siguió la dirección señalada por Europa, donde esa figura del máximo responsable de las urgencias hospitalarias está reconocida desde hace tiempo.
Otro tanto se puede decir de Andalucía, cuyas autoridades sanitarias
acaban de aprobar una resolución por la cual se crean las unidades de Urgencias y de Cuidados Paliativos y se concede a quienes las dirijan la categoría de jefe de Servicio o de Sección. Al mismo tiempo, la normativa aclara que, al mando de las primeras, figurarán médicos de Familia de Urgencia Hospitalaria, y, por lo tanto,
limita a esta especialidad médica el desempeño histórico del coordinador.
Esto último ha desencadenado un frente común entre cinco sociedades científicas (las que aglutinan a los médicos de Primaria, Medicina Intensiva e Interna: Semfyc, Semergen, SEMG, Semicyuc y SEMI), contra la resolución andaluza por juzgarla como
discriminatoria. Y el propio presidente de la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (Semes),
Juan González Armengol, ha descrito a este periódico como
traba burocrática la restricción del puesto en las urgencias a Medicina de Familia.
El documento conjunto de las cinco asociaciones profesionales denuncia el
desperdicio que supondrá prescindir de los profesionales más curtidos y avezados en el campo de las urgencias sin negar, claro está, la aptitud igualmente válida de los especialistas en Familia. E incide en que el proyecto de troncalidad incluye
un área de capacitación específica (ACE) que, de forma previsible, repercutirá en el organigrama de los centros hospitalarios.
Pero se solvente o ratifique el contenido del dictamen autonómico, el cambio propagado tanto en Andalucía como en la empresa pública del ICS dentro de Cataluña resulta, a ojos vistas,
beneficioso para todos los agentes sanitarios, en especial los profesionales que acondicionan su labor diaria al trabajo coordinado entre muy diferentes especialistas por medio de servicios y unidades de nueva cuña
al margen de quién las lidere, como se ha cuidado de subrayar el mando político andaluz.
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