Opinión

Diagnostico, luego prescribo


Amelia Amézcua Sanchez, directora ejecutiva de la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería (Fuden)
Firmas

19 noviembre 2015. 21.15H
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Leo estos días, bastante perpleja, muchos de los comentarios y opiniones vertidos en torno al Real Decreto sobre prescripción, aprobado en el Consejo de Ministros del 23 de octubre y que todavía no se ha publicado en el BOE. Y digo perpleja porque, entre los dimes y diretes que circulan en forma de titulares y declaraciones que hacen los representantes de las organizaciones médicas y de boca del propio ministro y su equipo, tengo que leer que “prescribe el que diagnostica”. Gran verdad, sí señor. Esto, y solamente esto, es lo que efectivamente nos han enseñado a los profesionales de enfermería desde la universidad y es lo que guía de manera habitual nuestro desempeño profesional en la clínica.

Nosotras, las enfermeras, también sabemos establecer, y establecemos diariamente, juicios clínicos sobre los problemas relacionados con la salud de las personas después de un proceso de valoración, valoración enfermera, que nos permite definir un diagnóstico, diagnóstico de enfermería.

Y dentro del plan de cuidados que establecemos para resolver el problema de salud detectado, que no la patología, la enfermedad ni el diagnóstico médico, que identificamos a través de este proceso lógico de razonamiento y que permite garantizar el resultado etiquetado a través de un diagnóstico de enfermería, en algunas ocasiones, es recomendable la indicación y/o utilización de medicamentos y productos sanitarios para la mejoría, resolución o control de la situación o problema de salud de la persona.

Es cierto que mucha de la medicación que administramos ha sido pautada por el médico que valora al paciente según la patología diagnosticada. Y es cierto que esto es lo que más se nos ve hacer.

Pero no es menos cierto que a lo largo del ciclo vital de cualquier persona o en el proceso de evolución de una enfermedad, aparecen situaciones y problemas de salud como el dolor, el malestar, el deterioro de la integridad cutánea, el déficit nutricional… que por su relevancia sobre la salud y/o el bienestar de la persona tienen entidad propia en sí mismos. Éstos se han delimitado y definido a través de diagnósticos de enfermería como cuadros clínicos de cuidados, lo que permite profundizar en su conocimiento, análisis y tratamiento, y que para su resolución se puede requerir la administración de medicamentos y/o productos sanitarios.

Estos problemas de salud solo se detectan a través de la valoración directa del paciente y del seguimiento continuado a pie de cama, en las consultas o en los domicilios. Es decir, en los espacios de atención continua y continuada que ocupamos las enfermeras en el sistema.

Pero todo esto no se ve; y si se ve parece obvio, por la redacción del Real Decreto y por las manifestaciones de todos estos días, que entre los que dirigen el funcionamiento de nuestro sistema sanitario y toman las decisiones sobre los servicios que necesitan las personas, se desconoce totalmente. Deben pensar que durante la carrera nos enseñan a hacer técnicas, a ser amables y a acatar órdenes. Parece que nuestra práctica se fundamenta en la rutina y en la adquisición de conocimientos basados en la imitación.
 
Pues bien señor ministro, señores dirigentes, asesores, interlocutores y representantes de la sanidad y del colectivo médico: sepan ustedes que un problema de salud, se puede enunciar con un diagnóstico médico, pero también con un diagnóstico de enfermería y además, en muchos de los casos, los problemas de salud requerirán la valoración e intervención de más profesionales sanitarios como los nutricionistas, los fisioterapeutas, los trabajadores sociales, etc… para su resolución.

La atención sanitaria existe más allá de la atención médica. Así que, suscribo sus palabras: quien diagnostica, prescribe. Tomen conciencia de esta realidad, de cómo debe funcionar el sistema sanitario para dar una respuesta centrada en las personas (y no centrada en lo que debe hacer un colectivo), y también, reconozcan el perfil competencial de las enfermeras, y regulen jurídicamente su capacidad diagnóstica, y entonces, sus palabras respecto a la prescripción se ajustarán a la realidad socio-sanitaria y profesional.
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