Los profesionales que ejercen como autónomos también se cuelan en el sistema sanitario. Los médicos son, junto a los arquitectos, los abogados y los ingenieros, de las pocas profesiones liberales que hay en España. Esto implica que el facultativo
puede ejercer por la vía pública, por la privada o compaginar la actividad en ambos sectores –en este caso, bajo la fórmula de autónomo-.
A pesar de que este colectivo de trabajadores r
epresenta un pequeño porcentaje dentro del SNS (107.985 afiliados frente a los 1.431.324 de la Seguridad Social, según los últimos datos publicados por el Ministerio de Empleo),
cada vez son más los médicos que se lanzan al mercado laboral a ejercer por cuenta propia, aumentando levemente las estadísticas mes a mes.
Sin embargo, ejercer como médico autónomo no siempre es un ‘camino de rosas’, tal y como han puesto en evidencia diferentes expertos consultados por LA REVISTA de Redacción Médica. Si el sanitario elige esta última opción –
bien abriendo una consulta o bien mediante un contrato de prestación de servicios con un centro privado- debe saber que se enfrenta a una serie de peculiaridades que el profesional de la pública no tiene.
Manuel Carmona, representante nacional de Medicina Privada por Cuenta Propia de la Organización Médica Colegial (OMC).
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Libertad para ejercer la Medicina
Ejercer de manera autónoma la Medicina tiene más pros que contra, o al menos así lo ve
Manuel Carmona, representante nacional de Medicina Privada por Cuenta Propia de la Organización Médica Colegial (OMC). Trabajar de esta forma permite al sanitario
“ofrecer una atención más ágil, con más tiempo y personalizada”, lo que estrecha más el vínculo con el paciente. Pero no solo eso. Así, el profesional cuenta con más tiempo para
“organizar su trabajo y su consulta” y dispone de
“unas condiciones laborales que ha elegido y no le han impuesto”.
Sin embargo, el radiólogo reconoce que, entre los obstáculos más importantes a los que se enfrenta el profesional está
la merma del poder adquisitivo que tiene cuando decide ejercer por cuenta propia. “El facultativo que trabaja por la mañana en la pública y por la tarde en la privada tiene que renunciar a parte de su sueldo fijo, que en
algunas comunidades autónomas –como Andalucía o Asturias- supone hasta un tercio del mismo”, asegura. “En la pública los salarios son más uniformes, mientras que en la privada depende de si el profesional se dedica en exclusiva a la consulta o no”, ya que no tiene garantizada todos los días la misma cartera de pacientes.
“El médico, como cualquier autónomo en España, no puede ponerse enfermo, porque el día que no va a trabajar, no cobra”.
La exclusividad no se da por igual en todas las CCAA
Otro de los factores a tener en cuenta a la hora de ejercer como médico autónomo es el de
los complementos de exclusividad implantados en varios de los servicios de salud autonómicos, o lo que es lo mismo,
la imposibilidad de compatibilizar la actividad en la sanidad pública y en la privada.
En nuestro país,
Andalucía, Aragón, Asturias, Murcia y Comunidad Valenciana contemplan esta condición, por la cual, prohíben a sus sanitarios ‘rotar’ de un sector a otro. ¿El objetivo?
‘Fidelizar’ su trabajo solo con una opción, en este caso, la red pública, obligando al trabajador a poner sobre la balanza qué sector le aporta más (remuneración fija en la pública, por un lado, o poder seguir trabajando en la privada una vez se jubile, por otro, por ejemplo).
Una circunstancia que solo afecta a la profesión médica y no al resto de sanitarios, por ser la única considerada como ‘liberal’.
INVERSIÓN PREVIA PARA MONTAR SU CONSULTA
A todas estas circunstancias hay que añadirle la importante inversión que tiene que realizar para poner en marcha su propia consulta. Las especialidades que mayor presupuesto previo necesitan, según Carmona, son Radiología, Cardiología y las quirúrgicas, aunque en estos casos, lo lógico es que el profesional alquile las instalaciones y el material a una clínica privada o directamente trabaje para una aseguradora.
Sin embargo, esta tendencia no se ha extendido a todas las regiones.
En las mayorías de ellas se permite a los médicos de la sanidad pública, de una u otra manera, poder compatibilizar su ejercicio con actividad privadas siempre y cuando cumplan unos requisitos, que deben tener el visto bueno de la inspección de trabajo u otro órgano equivalente (tal y como dicta el artículo 76 del Estatuto marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y la Ley 53/1984 sobre incompatibilidades en la función pública).
No obstante, actualmente la exclusividad de los médicos no es tan estricta como inicialmente se había contemplado, tal y como asegura
Gracia Álvarez, secretaria general de Salud de UGT, quien considera que
con el tiempo “se ha ido reblandeciendo”. “Al principio este complemento se le prohibía trabajar en la privada y ahora se integra dentro de otros conceptos retributivos, pudiendo simultanear ambos sectores”, manifiesta.
Fernando Rivas, miembro del Consejo de Administración de Mutual Médica.
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En definitiva, y ante este panorama,
¿le compensa al médico ejercer como autónomo? “Depende, porque
los facultativos por cuenta propia que trabajan en España actualmente se pueden contar los dedos de una mano”, considera Carmona. Una afirmación que también avala
Fernando Rivas, miembro del Consejo de Administración de Mutual Médica, quien asegura que el número de consultas propias está desapareciendo en favor de contratos por prestación de servicios en aseguradoras.
Este hecho hace que se concentre mucho más el sector de los médicos autónomos y que el sueldo que reciben por su trabajo sea más reducido, ya que ahora depende de unas primas cada vez más bajas por ejercer la asistencia sanitaria.
“Está desapareciendo el médico de consulta y se está limitando el concepto de profesión liberal en Medicina”, sentencia el consejero de Mutual Médica.
El papel de la jubilación para los médicos autónomos
Qué retribución le va a quedar al médico una vez finalice su trayectoria profesional es otra de las cuestiones sobre las que debe reflexionar si decide ejercer por cuenta propia. Desde hace unos años, la ley de jubilación en España establece que quien trabaje como autónomo percibirá la mitad de la pensión –más lo que gane por su profesión-, lo que, en el caso de los médicos de la privada, supone una pérdida económica de más de 1.000 euros mensuales con respecto a la pública, tal y como cifra Fernando Rivas, miembro del Consejo de Administración de Mutual Médica.
Para paliar esta situación, su compañía ha sido la única en España que ofrece un producto alternativo al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) que garantiza al 100 por cien la pensión del médico por cuenta propia. Este servicio permite al facultativo calcular su jubilación en base a su tasa de cotización y a los años que lleva en el ejercicio profesional y conocer, antes de que se produzca, cuánta merma salarial tendrá una vez deje de trabajar.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.