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¿Cómo reclamar los derechos que Europa otorga a los interinos sanitarios?

LA REVISTA analiza las claves para que los sanitarios puedan reclamar justicia tras las sentencias del TJUE


01 oct 2016. 20.00H
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POR M. DOMÍNGUEZ / J. FERNÁNDEZ
Un fantasma recorre Europa. El pasado 14 de septiembre, dos sentencias del Tribunal de Justicia (TJUE) comunitario dieron un golpe de efecto en la lucha contra la precariedad en el empleo que se ha ido instalando gota a gota en todos los ámbitos de la sociedad desde que comenzó la crisis. Y, con especial insistencia, en el ámbito sanitario.

La primera de ellas se refiere a la enfermera María Elena Pérez López, que encadenó siete contratos temporales entre febrero de 2009 y junio de 2013 en el Servicio Madrileño de Salud. El TJUE dictaminó que esa concatenación es contraria al derecho comunitario y que no se pueden cubrir necesidades permanentes con trabajadores temporales.

La siguiente sentencia estableció que no se podía discriminar a temporales e interinos con respecto a los fijos en las indemnizaciones por despido. Se refería al caso de Ana de Diego Porras, trabajadora interina del Ministerio de Defensa durante siete años, hasta que se incorporó la persona a la que sustituyó. El TJUE dictaminó que las diferencias en indemnizaciones (establecidas en el Estatuto de los Trabajadores de 1980) discriminaban a unos empleados sobre otros.

El revuelo que han provocado estas sentencias no ha dejado ninguna piedra en su sitio. Todos los actores sanitarios implicados se han manifestado: desde sindicatos generalistas y de clase hasta gerentes, pasando por los responsables políticos autonómicos y nacionales. Con diferencias en la interpretación del dictamen, todos coinciden en que es un hito y marca un antes y un después.

Fernando Molina.

170.000 posibles reclamaciones

No es para menos. Según estimaciones de UGT, las administraciones sanitarias se enfrentan a 170.000 potenciales reclamaciones. Tanto este sindicato como CCOO han celebrado la setencia y han instado inmediatamente a convocar el Ámbito de Negociación y que haya un cambio normativo que refleje estas sentencias.

El presidente de CSIF, Fernando Molina, afirma que la normativa “se equiparará con Europa y la Administración no podrá cometer tropelías”. No obstante, cree que esta “retrasará hasta donde pueda” su aplicación. El camino para reconocer los derechos de tantos sanitarios no va a ser fácil, pero “con muchas sentencias favorables”, acabará cumpliendo.

En la situación abunda el secretario de Sanidad de CCOO, Antonio Cabrera: “El Gobierno sabe que va a perder” los litigios en este ámbito. “Lo más fácil es llegar a un acuerdo para modificar la normativa”.

El sindicato enfermero Satse ha celebrado la disposición europea respecto a la temporalidad. Mar Rocha, portavoz de la organización, explica a La Revista que esperaban algo así: “Es una pena que tenga que ser Europa quien nos recuerde que no se puede hacer esta política laboral”.

En cualquier caso, el precedente les anima “a hacer presión en las mesas de negociación”, aunque no por ello abandonan la vía judicial: “Nuestras asesorías jurídicas van a estar abiertas”, avisa Rocha.

Antonio Cabrera.

En el lado contrario, el de los gerentes, se inclinan por idéntica solución: cuanto más rápido se incluyan estos cambios en el ordenamiento jurídico español, mejor para todos. Lo que no desean es una “peregrinación judicial”. El término lo ha acuñado Modoaldo Garrido, vicepresidente de la Sociedad Española de Directivos de la Salud (Sedisa), que advierte del peligro de que el proceso de asimilación de estos cambios en los tribunales “es más lento y obviamente afecta a la eficiencia”.

A pesar de ello, Garrido no cree que haya una oleada de reclamaciones masivas. A los gestores les preocupa más la incertidumbre que generará en los hospitales a la hora de elaborar la planificación de plantillas y presupuestos.
LOS CINCO PASOS PARA RECLAMAR
Por Fabián Valero, abogado y consultor
1. Revisar los contratos poniendo especial atención en la existencia de concatenados, la interrupción entre los mismos y la duración de la prestación.

2. Verificar los concursos de traslados y OPE celebradas desde que el trabajador viene prestando servicios, fijándose especialmente en las plazas ofertadas de su categoría.

3. Presentar escrito ante la unidad del servicio público de salud solicitando el reconocimiento como personal indefinido, reclamando la antigüedad que corresponda.

4. En caso de desestimación de la reclamación, por resolución negativa o por silencio, presentar recurso de alzada ante la Dirección de Recursos Humanos correspondiente.

5. En caso de desestimación del recurso de alzada, por resolución negativa o por silencio, presentar recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente en el plazo máximo de dos meses.


¿Vinculante para todos?

Ricardo De Lorenzo, socio-director de De Lorenzo Abogados y experto en derecho sanitario, recuerda a La Revista que el tribunal europeo “no dicta sentencias”. “Tendrá que ser el tribunal Contencioso-Administrativo número 4 de Madrid”, quien elevó la cuestión al TJUE, “quien dicte sentencia ajustándose a lo que ha dicho”.

Este hecho se añade a que la disposición “solo afecta a la demandante implicada”, en el caso de la enfermera que denunció al Sermas. Si bien este abogado explica que “esta sentencia basada en el TJUE podrá vincular al resto de demandas similares, no así a las que ya estén juzgadas”.

En cambio, Javier Arauz de Robles, responsable del bufete Arauz y Belda –que asesora a Amyts– lo tiene claro: “El derecho comunitario es vinculante con primacía sobre el interno”. Los fundamentos de las sentencias del TJUE “se aplican a todos”, pero mientras que una afecta al personal laboral (aquel cuyo contrato se regula por el Estatuto de los Trabajadores), la otra lo hace al estatutario (regulado por el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud).

Ricardo De Lorenzo.

Por lo pronto, las consecuencias del dictamen europeo ya están empezando a notarse. Tan solo una semana después de publicarse las sentencias, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 de Vigo ha fallado en favor de nueve auxiliares de enfermería que reclamaron al Servicio Gallego de Salud (Sergas) categoría de indefinidas al encadenar contratos temporales desde hace más de un lustro.

Según el abogado de Arauz y Belda, el sanitario temporal que tiene una relación laboral con su centro puede reclamar indemnización similar a la de un contrato indefinido llegado el caso, mientras que el personal estatutario está en su derecho de exigir el mismo trato que a un fijo si ha encadenado varios contratos.

El primer paso para reclamar es “declarar que existe un abuso”. El abogado ve complicado establecer formularios de reclamación genéricos puesto que cada situación es diferente. La presentación ante la administración de los contratos temporales encadenados (demostrando así que cubre una necesidad permanente) o de la indemnización por despido sería suficiente.

En caso de que la administración no lo considere así, sería el momento de acudir a los tribunales: el laboral para los sanitarios temporales y el contencioso-administrativo para los estatutarios.

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.