La Revista

Jubilación médica, claves para no perder poder adquisitivo de la prestación

Vicente Matas detalla las mejores opciones para los facultativos que dejen de estar en activo aunque sea anticipado


28 ene 2021. 14.40H
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Cada año que pasa, la jubilación percibida por los médicos empeora y continúa sin tener un factor corrector por su complejidad, dedicación, responsabilidad, estrés, exigencias, penosidad, peligrosidad y horas adicionales a la jornada con las guardias. Además de tener un gran recorte de la misma cuando se realiza de forma voluntaria, aquellos facultativos que dejen de estar en activo en 2021 perderán 5.659,12 euros al año de lo correspondiente por lo cotizado, según se explica en el informe 'Jubilación del médico en 2021: Cuándo, cómo y cuánto', realizado por el centro de estudios del sindicato médico de Granada.

En este mismo documento se especifican diferentes consejos para "tratar de evitar esta gran pérdida de poder adquisitivo", aunque también adelantan que "hay pocas posibilidades" de lograrlo.

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La primera de las propuestas es hacerse uno o varios planes de pensiones, "ya que tienen un buen tratamiento fiscal, al
descontar lo aportado de los ingresos". Estas aportaciones pueden suponer un ahorro fiscal de hasta el 45 por ciento de lo aportado. No obstante, "hay que estudiarlo individualmente y de forma detenida". A su vez, es aconsejable acudir a la Seguridad Social para obtener una simulación para estar perfectamente informado, ya que los cálculos de esta deben ser individuales e informarse correctamente.

Además del factor corrector, Vicente Matas, autor del documento explica que "el tiempo de las guardias de 24 horas debería considerarse tiempo trabajado a efectos de jubilación y su retribución, que es inferior a la hora ordinaria debería tener un tratamiento fiscal favorable, ahora supone un incremento importante de la retención del IRPF de toda la nómina y para el médico finalmente el importe neto que llega al banco supone poco más del 50 por ciento del importe bruto por hora".


Jubilación médica a los 60 años


A su vez, el documento trata las posibilidades de los facultativos para jubilarse antes de la edad legal, ya que los funcionarios que cotizan a clases pasivas se pueden jubilar con la edad de 60 años y con 30 años cotizados. "El importe que perciben, puede ser el tope máximo con unos 3 años cotizados. Para informarse detalladamente es conveniente acudir a la oficina de clases pasivas en las Delegaciones de Hacienda", especifica Vicente Matas.

Para la jubilación anticipada por voluntad del trabajador, hay varias condiciones como "tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida para la jubilación que resulte de aplicación en cada caso". Para ello, se tiene que acreditar un periodo mínomo de cotización efectiva de 35 años, y de este periodo de cotización, al menos dos años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.

No obstante, aquellos médicos que se jubilen "dos años antes de la edad legal, la pensión que cobrará un médico no puede ser superior a 2.599,20 euros al mes mes con una pérdida de 108,29 euros mensuales sobre la pensión máxima".

Por otro lado, los facultativos pueden alargar su permanencia en el servicio activo hasta que cumplan, como máximo, los setenta años de edad.

Complementos a la jubilación médica


En el informe realizado por Vicente Matas, se detallan también los diferentes complementos a la jubilación a las que puede acceder el facultativo según sus condiciones y que mejorarán la prestación percibida. Por ejemplo, aquellos que prolonguen su actividad laboral y se jubilen con una edad superior a la establecida legalmente reciben un complemento de demora. Este es un "porcentaje adicional por cada año completo cotizado, o que se considere legalmente cotizado, entre la fecha en que cumplió la edad de jubilación y la del hecho causante de la pensión, en función del número de años cotizados que se acrediten en la primera de las fechas indicadas".

Las profesionales sanitarias también podrán percibir un complemento por maternidad si han tenido 2 o más hijos (biológicos o adoptados). Se trata de un porcentaje aplicable al importe de la pensión del 5 por ciento en el caso de dos hijos, del 10 por ciento con tres hijos y del 15 por ciento en el caso de cuatro o más hijos. "Este complemento contribuye, solo en parte, a reducir la brecha entre las pensiones medias que reciben los hombres y las que reciben las mujeres que son inferiores, al cobrar sueldos inferiores, de media
durante la vida laboral y por tanto cotizar menos", detalla el autor del informe.

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