El
Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha reconocido en una sentencia que la
falta de un control horario por parte de las empresas puede terminar reconociendo a tiempo completo la jornada de los trabajadores que tienen un
contrato parcial. El juez ha advertido que si no hay evidencias que demuestren las horas realizadas, se considerará como el máximo posible. Fuentes jurídicas consultadas por
Redacción Médica han aclarado, sin embargo, que
la decisión jurídica no afectará a los sanitarios ya que se rigen por el
Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y esta sentencia se ha tramitado por la Sala de lo Social. En todo caso, los servicios de salud siguen obligados a supervisar el horario de médicos o enfermeros. “La Directiva Europea de tiempo de trabajo obliga a todas las empresas a controlar la jornada diaria de sus empleados, y
las administraciones no son una excepción”, han apuntado…
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