Hasta ahora, la regulación de permisos de conducción
"limitaba considerablemente" los plazos para la prórroga de los mismos en personas que han padecido una
enfermedad oncológica, pese a haberse acreditado por un facultativo la remisión de la misma. Esto quiere decir que, a la hora de ampliar este permiso, quienes fueron pacientes oncológicos siguen considerándose como tales. Sin embargo, a partir de este viernes se produce un
cambio en el Reglamento General de Conductores que les beneficia, ya que al superar los tres primeros años y hasta diez transcurridos en remisión completa del problema oncológico, se podrá obtener o prorrogar la licencia de conducir
por un máximo de tres años. Además, en casos "sin evidencia de enfermedad actual" y sin tratamiento adyuvante, el período de vigencia será de hasta cinco años. "Con la medida se da satisfacción a quienes han tenido una enfermedad oncológica y han demandado la modificación de la normativa por considerar que
resulta discriminatoria y no estar fundamentada su incidencia negativa en la seguridad vial", señala el BOE...
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