Este viernes entra en vigor la nueva
ley de la
Comunidad Valenciana sobre
“acción concertada para la prestación de servicios a las personas en el ámbito sanitario”. El objeto de este marco legal es el de establecer las "
medidas urgentes y necesarias para la puesta en funcionamiento del
régimen de acción concertada”. A partir de esta norma, Valencia firmará convenios con entidades
públicas o privadas sin ánimo de lucro.
Según delimita la ley, la Administración podrá gestionar la
prestación a las personas de
servicios de carácter sanitario mediante tres formas. En primer lugar, “mediante
gestión directa o con medios propios”; en segundo lugar, “mediante
gestión indirecta con arreglo a alguna de las fórmulas establecidas en la normativa sobre contratos del sector público”. Por último,
“mediante acuerdos de acción concertada con entidades
públicas o con
entidades privadas sin ánimo de lucro no vinculadas o creadas ad hoc por otra empresa o grupo de empresas con ánimo de lucro”.
Los conciertos deberán establecerse por un tiempo “no superior a cuatros años” y podrán ampliarse hasta un máximo de diez. Una vez transcurrido ese tiempo, se deberá firmar un nuevo acuerdo si la Administración quiere continuar el
vínculo con la entidad que presta los servicios sanitarios.
Marco para el convenio del IVO
Esta nueva ley deberá servir como marco legal para
el acuerdo, todavía pendiente, de la Consejería de Sanidad Universal y
el Instituto Valenciano de Oncología (IVO). El referente en el tratamiento oncológico en la Comunidad lleva sin convenio un año, lo que ha ocasionado que
se dejen de derivar pacientes de algunos hospitales.
Por otra parte, la Consejería asegura que
se está trabajando en el convenio que permita la colaboración del IVO. Además, añade que la asistencia sanitaria no se ha visto afectada por la “falta de acuerdo” entre la Administración y la entidad privada sin ánimo de lucro y niega que se prohíba derivar pacientes.
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