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Sanidad estudia prescindir del grado II de carrera para acceder a jefaturas

Esta medida se enmarca en el proyecto de decreto-ley de Simplificación Administrativa de la Generalitat Valenciana

El conseller de Sanidad de la Generalitat Valenciana, Marciano Gómez.

26 jun 2024. 14.30H
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La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana plantea la eliminación del requerimiento del grado II de la carrera profesional a facultativos para acceder a jefaturas de Servicio y de Sección. Así consta en el borrador del proyecto de decreto-ley de Simplificación Administrativa de la Generalitat Valenciana, enmarcado en el Plan Simplifica 2024-2026, al que ha tenido acceso Redacción Médica.

El requisito del nivel dos obliga a quien accede a las mencionadas plazas a tener en su carrera diez años de servicio prestado en el Sistema Nacional de Salud en la categoría y especialidad. Esta norma está vigente por el decreto 192/2017 de regulación del sistema de carrera profesional del personal estatutario de la Conselleria de Sanidad, y que el departamento de Marciano Gómez pretende eliminar con la supresión de este requisito previsto en el artículo 49.1. Una decisión que se estaría estudiando para que puedan acceder a las jefaturas de Servicio y de Sección profesionales de otras autonomías, según se planteó en la última mesa sectorial de la Conselleria de Sanidad con sindicatos.

La provisión de las plazas de jefatura de Servicio y de Sección de personal facultativo se realiza mediante concurso de méritos, en el que puede participar el personal facultativo con nombramiento como personal estatutario fijo que ostenta plaza en la categoría y, en su caso, la especialidad a la que se concurse en las instituciones sanitarias públicas del SNS. También el personal funcionario de carrera o personal laboral fijo seleccionado en procesos selectivos de las administraciones públicas, que presten servicios en centros sanitarios de titularidad pública.

Además, el borrador pretende eliminar el requisito de grado II de la carrera profesional en la provisión de plazas básicas con características específicas. Si la plaza mencionada quedara libre y las características específicas se mantienen, actualmente se procede a su provisión definitiva mediante concurso de traslados específico, en el que puede participar el personal de la correspondiente categoría y, en su caso, especialidad, que tenga, como mínimo, el grado II de carrera profesional, siempre y cuando aporte los méritos correspondientes asociados a la plaza.

Los sindicatos matizan el decreto-ley


Por su parte, sindicatos como CCOO manifiestan su postura contraria a la propuesta de supresión del requisito de grado II de carrera profesional para optar a jefaturas de Servicio o de Sección. En un comunicado, la organización sindical señala que esta supresión les hace dudar de las "buenas intenciones" que argumenta la Conselleria.

En esta legislatura la Conselleria de Sanidad también aprobó en mesa sectorial el proyecto de decreto que regula la selección del personal temporal estatutario de los grupos A1 y A2. Este regula que los departamentos de salud puedan desarrollar procesos selectivos para plazas consideradas con características específicas.
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