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Sanidad corta el grifo al truco de cobrar horas extra con jornada reducida

Los médicos y enfermeras que hayan solicitado menos horas de trabajo no podrán participar en programas de productividad

María Amparo Pinazo Gamir, directora de personal de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana.

12 sep 2024. 13.00H
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Los médicos y enfermeras valencianos con reducción de jornada no podrán hacer horas extra a partir de octubre. Así lo ha determinado la Consejería de Sanidad de dicha comunidad a autónoma a través de una instrucción, firmada por la directora general de personal, que ha sido enviada “a todos los centros sanitarios" valencianos.

Este documento, al que ha podido tener acceso Redacción Médica, establece que “no procede” ofertar programas específicos de productividad a los empleados públicos que se encuentren disfrutando de una reducción de jornada para conciliar su vida personal y laboral. 

Incompatibilidad de la reducción de jornada y las horas extra de médicos


Según la Consejería, realizando una interpretación contextualizada de la reducción de jornada (artículo 48.h. del TREBEP) y de los programas mencionados (Acuerdo 30-01, del Consell), “resulta contradictorio que un empleado público al que se le ha autorizado la primera condición solicite ampliar su jornada laboral a través de programas específicos. Además, el texto añade que no tiene sentido que el trabajo que deja de realizar un profesional en su jornada ordinaria (por tenerla reducida), lo efectúe a través de Programas específicos de sustitución, cuya finalidad es “atender la sobrecarga de actividad provocada por las plazas no cubiertas”.

El acuerdo por el que se habilitaban determinados programas de productividad para atender necesidades coyunturales de actividad asistencial y preventiva en el Sistema Valenciano de Salud determina las retribuciones de los módulos de actividad. Los médicos, en un módulo realizado en nocturno o festivo y atendiendo a pacientes de su departamento, cobrarían 88,47 euros la hora, mientras que las enfermeras 57,50 euros. En el caso de trabajar fuera de la jornada laboral ordinaria, los facultativos recibirían una remuneración de 63,11 euros, y las enfermeras de 41,02.

Las retribuciones por sesión dirigida a pacientes del propio departamento son de 570,26 euros los sábados y de 406,79 de lunes a viernes, respecto a los médicos. Las enfermeras, por su parte, recibirían 264,4 euros durante la semana y 370,67 euros los sábados.

Por todo ello, la Consejería asegura que, salvo en casos excepcionales fundamentados en necesidad del servicio, el personal estatuario y funcionario con reducción de jornada no podrá cobrar horas extra. Una medida que comenzará a ser vigente a partir de octubre.
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