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Problemas jurídicos enturbian la subrogación del personal de La Ribera

El Consell Jurídic critica este delicado proceso que afecta a toda la plantilla

Exteriores del Hospital de La Ribera.

21 mar 2018. 16.10H
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POR REDACCIÓN
El Pleno del Consell Jurídic Consultiu de la Comunidad Valenciana ha cuestionado el proyecto de decreto con el que la Consejería de Sanidad pretende regularizar la situación de los casi 1.500 trabajadores de Ribera Salud para integrarlos en la sanidad pública tras finalizar el contrato el próximo 31 de marzo. El CJC aprueba la fórmula de subrogación escogida por la Conselleria de Sanidad, pero no la forma de aprobarlo.

El documento indica sobre la norma elaborada por el departamento de la que es titular Carmen Montón que “Sanidad no debería regular la subrogación del personal a través de la fórmula del decreto”. El CJC considera que la subrogación del personal y las condiciones con las que se realiza no pueden ser incluidas en una norma de este rango al derivar las posibles reclamaciones al contencioso administrativo y no a lo social. Como solución, el CJC propone la creación de una sociedad pública mercantil.

El informe sobre el proyecto de decreto señala que las jurisdicciones de lo social son las que tienen la competencia para conocer las cuestiones y reclamaciones que puedan surgir como consecuencia de la subrogación del personal del Departamento de Salud de La Ribera, por pertenecer esta materia al derecho laboral. En este sentido, estima que el decreto no va a salir adelante.

Sanidad aprobará el decreto

La Consejería de Sanidad seguirá adelante con el decreto, a pesar de la apreciación esencial del CJC. "El dictamen no cuestiona los aspectos fundamentales de la solución de fondo: la existencia de sucesión de empresa e integración bajo la figura de personal laboral a extinguir", señalan desde la Generalitat. El decreto se aprobará, previsiblemente, este viernes durante el último pleno del mes.

Elimina la ‘no subrogación del personal’

La Consejería de Montón ha retirado el apartado 4 del artículo 2 del proyecto de decreto, donde acaba con la 'no subrogación del personal' que no estuviese en posesión de un título habilitante en relación a la categoría profesional para la que fue contratado.

Este apartado recogía que tampoco se subrogaría al personal de otras profesiones que requieran, a tenor de lo dispuesto en el régimen general que les resulte de aplicación, titulación habilitante para el ejercicio de la profesión para la que fue contratado y no estuviera en posesión de la misma.

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