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Las farmacias valencianas cobrarán del Consell a 60 días

Así lo dispone el nuevo convenio, que el pleno ha aprobado este viernes y que moderniza el sistema de guardias

Mónica Oltra, portavoz y vicepresidenta del Consell.

15 jul 2016. 15.10H
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POR REDACCIÓN
El Gobierno valenciano ha aprobado este viernes en pleno el nuevo concierto con las farmacias, que databa de 2004 y que fue denunciado por la Administración en 2013, por el que se moderniza el sistema de guardias y evoluciona el modelo hacia la farmacia comunitaria asistencial.

Lo ha explicado este viernes la portavoz y vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, tras la rueda de prensa posterior al pleno, en la que ha dado cuenta de este concierto entre la Generalitat y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos (COF) de Alicante, Castellón y Valencia. Este fija las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia de la Comunidad Valenciana.

Características del concierto

En el concierto se regulan las condiciones para la prestación farmacéutica en lo que respecta a dispensación, facturación y pago de medicamentos y productos sanitarios; dispensación, facturación y pago de formulación individualizada de medicamentos (fórmulas magistrales y preparados) y la dispensación de vacunas individualizadas antialérgicas y vacunas individualizadas bacterianas. Asimismo, se regulan las condiciones para la comunicación y los sistemas de información que conectan a la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública con las farmacias. Así, se ha llegado al acuerdo de abonar los medicamentos a 60 días entre el plazo de facturación, presentación de facturas y pagos, que se harán el último día del mes siguiente.

El nuevo concierto, que aprobaron los colegios en las asambleas celebradas el pasado martes 12 de julio, es el fruto de trabajo de cuatro grupos que han abordado las áreas de dispensación, facturación y pago de medicamentos y productos sanitarios; de dispensación, facturación y pago de formulación individualizada de medicamentos (fórmulas magistrales y preparados oficinales) y dispensación de vacunas individualizadas antialérgicas y vacunas individualizadas bacterianas; el grupo de los servicios profesionales farmacéuticos (que se abordará en un decreto al margen del concierto); y el grupo de comunicación y sistemas de información.

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