CSIF ha explicado que el
Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la
Comunidad Valenciana ha notificado la admisión a trámite del recurso contencioso del sindicato contra el decreto del Consell que regula los usos institucionales y administrativos de las lenguas oficiales en la
Administración de la Generalitat. Además, el tribunal ha remitido diligencias al Consell para que, en
diez días, “exponga lo que estime sobre la
suspensión cautelar” solicitada.
La
Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) interpuso el recurso la pasada semana, como ya explicó
Redacción Médica. Entre los motivos esgrimidos señala que el decreto 61/2017, de 12 de mayo “no fue negociado con los representantes de los trabajadores, como resulta obligado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 7/2007 por la que se aprueba el
Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)”. Esa negociación preceptiva no tuvo lugar a pesar de afectar el decreto a las condiciones de trabajo.
CSIF, además de interponer recurso ante el TSJ, solicitaba la suspensión cautelar del decreto. Apuntaba en sus argumentos que “como la jurisprudencia ha declarado, cuando el daño no es susceptible de valoración económica porque la evaluación ofrece grandes dificultades, se considera de reparación imposible o al menos difícil, y se dará el supuesto previsto para suspender la ejecución”. Ahora el TSJ ha confirmado la
“correspondiente pieza separada de suspensión” e insta al Consell a que “exponga lo que estime conveniente”.
El sindicato aducía igualmente, en el escrito de interposición del recurso, que establecer el valenciano como lengua destacada en el decreto “la sitúa en posición de prevalencia que vulnera lo establecido en el
artículo 3 de la Constitución Española, el artículo 6 del Estatuto de Autonomía, así como el artículo 7 de la Ley 4/1983 que el propio decreto impugnado desarrolla”. Considera CSIF que coloca al valenciano en un plano diferente del castellano a pesar ser ambas lenguas oficiales y situarse al mismo nivel.
La central sindical apuntaba que este decreto atentaría contra los artículos 20 y 23 de la Constitución Española, que defienden el derecho a la libertad de expresión y el acceso a cargos y funciones en igualdad de condiciones. Señala que la Administración debe garantizar el derecho de los empleados públicos a utilizar la lengua que libremente escojan, de entre las oficiales, al hablar y escribir en el ejercicio de sus funciones. La normativa aprobada por el Consell, que especifica la lengua en la que realizar esas tareas, atentaría contra esa libertad de expresión lingüística del trabajador.
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