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El Consell destina 44,2 millones para ayudas en tratamientos farmacológicos

El objeto de estas ayudas es facilitar el acceso y la adherencia a terapias a determinados colectivos

El conseller de Sanidad de la Generalitat Valenciana, Marciano Gómez.

28 may 2024. 17.00H
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El Consell de la Generalitat Valenciana aprueba el convenio de colaboración entre la Generalitat, a través de la Conselleria de Sanidad, y los colegios oficiales de farmacéuticos de Alicante, Castellón y Valencia, para la gestión de las ayudas destinadas a compensar gastos en tratamientos farmacéuticos a determinados colectivos en 2024.

El objetivo de estas ayudas es facilitar el acceso y la adherencia a tratamientos farmacológicos a determinados colectivos vulnerables. A este propósito, la Generalitat tiene previsto destinar un total de 44,2 millones de euros.

En el convenio se establecen las condiciones de dispensación, facturación y pago de las aportaciones por tratamientos farmacológicos subvencionados por el Consell, en virtud de los decretos 224/2023 y 225/2023 de 19 de diciembre.

Convocatorias para la concesión


En concreto, estos decretos aprueban las bases reguladoras y las convocatorias para la concesión de subvenciones directas a personas con diversidad funcional, pensionistas, menores de edad, personas en situación de desempleo y familias monoparentales.

En el caso de las personas pensionistas, la ayuda económica se concede a aquellas con niveles de renta inferiores a 18.000 euros anuales.

Las ayudas también van dirigidas a las personas con diversidad funcional mayores de 18 años diagnosticadas con un grado de minusvalía igual o superior al 65 % y menores de 18 años con discapacidad diagnosticada con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

En cuanto al colectivo de menores de edad, deben tener la condición de persona asegurada en el Sistema Nacional de Salud o beneficiaria en situaciones especiales y tener tarjeta sanitaria individual. Además, el nivel de ingresos debe ser inferior a 18.000 euros anuales y residir en la Comunidad Valenciana.

Por otro lado, también están cubiertas las personas menores que no están registradas ni autorizadas a residir en España, pero que son beneficiarias de asistencia sanitaria en situaciones especiales.

Ayudas a personas desempleadas


Las personas en situación de desempleo son beneficiarias de estas ayudas cuando están aseguradas en el Sistema Nacional de Salud; tienen tarjeta sanitaria individual expedida por la Conselleria o son beneficiarias de asistencia sanitaria en situaciones especiales. También en este grupo las personas beneficiarias deben residir en la Comunidad Valenciana y tener rentas inferiores a 18.000 euros.

Además, deben presentar una de las siguientes modalidades de acreditación sanitaria: tener agotada la prestación por desempleo; percibir prestación por desempleo o recibir subsidio por desempleo.

Para las familias monoparentales, se debe tener la condición de persona asegurada, disponer de tarjeta SIP y tener el título de familia monoparental. Igualmente, estas tienen que contar con un nivel de ingresos inferior a 18.000 euros anuales y residir en la Comunidad Valenciana.

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