El Consell de la Generalitat Valenciana aprueba el convenio de colaboración entre la Generalitat, a través de la Conselleria de Sanidad, y los colegios oficiales de farmacéuticos de Alicante, Castellón y Valencia, para la gestión de las
ayudas destinadas a compensar gastos en tratamientos farmacéuticos a determinados colectivos en 2024.
El objetivo de estas ayudas es facilitar el acceso y la adherencia a tratamientos farmacológicos a determinados colectivos vulnerables. A este propósito, la Generalitat tiene previsto destinar un
total de 44,2 millones de euros.
En el convenio se establecen las
condiciones de dispensación, facturación y pago de las aportaciones por tratamientos farmacológicos subvencionados por el Consell, en virtud de los decretos 224/2023 y 225/2023 de 19 de diciembre.
Convocatorias para la concesión
En concreto, estos decretos aprueban las bases reguladoras y las convocatorias para la concesión de
subvenciones directas a personas con diversidad funcional, pensionistas, menores de edad, personas en situación de desempleo y familias monoparentales.
En el caso de las personas pensionistas, la ayuda económica se concede a aquellas con
niveles de renta inferiores a 18.000 euros anuales.
Las ayudas también van dirigidas a las
personas con diversidad funcional mayores de 18 años diagnosticadas con un grado de minusvalía igual o superior al 65 % y menores de 18 años con discapacidad diagnosticada con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.
En cuanto al colectivo de menores de edad, deben tener la condición de persona asegurada en el Sistema Nacional de Salud o beneficiaria en situaciones especiales y tener tarjeta sanitaria individual. Además,
el nivel de ingresos debe ser inferior a 18.000 euros anuales y residir en la Comunidad Valenciana.
Por otro lado, también están cubiertas las personas
menores que no están registradas ni autorizadas a residir en España, pero que son beneficiarias de asistencia sanitaria en situaciones especiales.
Ayudas a personas desempleadas
Las
personas en situación de desempleo son beneficiarias de estas ayudas cuando están aseguradas en el Sistema Nacional de Salud; tienen tarjeta sanitaria individual expedida por la Conselleria o son
beneficiarias de asistencia sanitaria en situaciones especiales. También en este grupo las personas beneficiarias deben residir en la Comunidad Valenciana y tener rentas inferiores a 18.000 euros.
Además, deben presentar una de las siguientes modalidades de acreditación sanitaria:
tener agotada la prestación por desempleo; percibir prestación por desempleo o recibir subsidio por desempleo.
Para las familias monoparentales,
se debe tener la condición de persona asegurada, disponer de tarjeta SIP y tener el título de familia monoparental. Igualmente, estas tienen que contar con un nivel de ingresos inferior a 18.000 euros anuales y residir en la Comunidad Valenciana.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.