El Tribunal Supremo ha emitido su primera sentencia individual contra un caso de jubilación forzosa de un médico, que ahora deberá ser readmitido por la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública. Una ratificación del citado órgano jurídico que previamente había sentenciado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Dicha decisión recuerda que la orden 2/2013, que regula el procedimiento para la jubilación forzosa, está anulada. Base que utiliza para desestimar el recurso del Govern valenciano.
En la sentencia se incluye también cómo a la petición del facultativo, un ginecólogo que cumplía el 21 de diciembre de 2013 los 65 años, de no jubilarse, tanto el director del Área Clínica de Salud de la Mujer del Hospital de La Fe como el gerente del Dpartamento de Salud Valencia-La Fe rechazaron prolongar su servicio activo. "Para conseguir un Área Clínica potente en un hospital universitario es necesaria una versatilidad asistencial, docente e investigadora mucho mayor de lo que el doctor en estos momentos puede proporcionar", afirmaba el primero de ellos.
El médico afectado interpuso con fecha de 11 de diciembre de 2013 un recurso contencioso-administrativo pidiendo la suspensión cautelar de la resolución recurrida. Fue tras la decisión posterior de TSJ-CV de suspender la jubilación forzosa cuando la abogada de la Generalitat presentó el recurso que ahora ha rechazado el Tribunal Supremo.
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