CSI-F pide al TSJCV ejecutar la sentencia que anula la jubilación forzosa a los 65

Considera que la Consejería “ha de cumplir con lo establecido”

Martes, 29 de marzo de 2016, a las 16:48
Redacción. Valencia
El sindicato CSI-F ha presentado escrito ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) para solicitar la ejecución provisional de la sentencia que anula la jubilación forzosa del personal estatutario de Sanidad a los 65 años.

Fernando Molina, presidente nacional de sanidad del sindicato CSIF.

La central sindical, con el fallo a favor, considera que la administración demandada -la Consejería de Sanidad- "ha de cumplir con lo establecido y suspender los artículos que la sentencia declara nulos".

CSI-F ha señalado en un comunicado que el Tribunal se pronunció a favor del recurso presentado por el sindicato y anuló, en sentencia dictada a finales de febrero, los artículos que establecen la jubilación forzosa del personal estatutario de Consejería de Sanidad en el Decreto 136/2014 de 8 de agosto. En esa resolución, el alto tribunal confirmaba el dictamen del Consejo Jurídico Consultivo al afirmar que el Gobierno valenciano "no está habilitado para regular un "derecho" a la jubilación".

El fallo del Tribunal estima el recurso interpuesto por CSI-F y declara la nulidad de los artículos 3; 4,2 b y 6.2, apartados a, b y c; y 6.3, a y b. El artículo tres anulado por la sentencia señala que la jubilación forzosa del personal estatutario "se declarará en la fecha en que se cumpla la edad que, con carácter general, marca el artículo 161.1". También deja sin efecto el apartado segundo del artículo 6, que establece los criterios para denegar la prolongación del servicio activo.

La central sindical ha solicitado la ejecución provisional de la sentencia al TSJCV para evitar que se siga aplicando la jubilación forzosa a los 65 años. El sindicato considera que esta resolución "hace justicia" y permitirá que personal "cualificado y en perfectas condiciones para desarrollar su labor pueda seguir trabajando una vez superados los 65 años, sin que Consejería de Sanidad le obligue a jubilarse forzosamente".

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