La Generalitat Valenciana publica el decreto que regula las
condiciones laborales del personal del departamento de salud de Dénia tras la extinción del contrato de gestión de servicio público por concesión, que
finaliza el próximo 31 de enero de 2024.
De esta forma, tal y como consta en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV),
a partir del día 1 de febrero, el departamento de salud de Dénia pasará a ser gestionado de forma directa por la Conselleria de Sanidad y el personal que desempeña su labor en el mismo
se integrará en la plantilla del sistema valenciano de salud. Es decir,
con categoría de personal laboral y mismo sueldo.
En concreto,
Sanidad creará más de 1.700 plazas para integrar el personal subrogado de la empresa concesionaria. Para ello, está prevista una inversión de
más de 92 millones de euros, que permitirá garantizar la calidad asistencial en el departamento de salud de Dénia. Además, la plantilla se completa con
287 puestos de personal estatutario que ya forma parte de este departamento.
Regulación de las condiciones laborales
A través de
este decreto se regula el régimen jurídico que debe aplicarse al personal laboral que asume la Generalitat tras la subrogación.
De hecho, establece el marco normativo que determina la
naturaleza laboral de la relación de empleo, las condiciones de trabajo, así como el hecho de
ocupar plazas de naturaleza estatutaria de forma transitoria, siempre que no existan causas legales de extinción, y la forma de provisión de estos puestos en el caso de quedar vacantes.
Al mismo tiempo, la norma
regula el derecho de excedencia del personal estatutario de instituciones sanitarias y dependiente de la Conselleria de Sanidad que en su momento optó por esta situación. Se establece así el marco jurídico necesario para regular la relación laboral del personal del departamento de salud de Dénia una vez se formalice el modelo de gestión directa por parte de la Conselleria de Sanidad.
El decreto también hace mención a los temporales, que
no podrán ser empleados al uso. Así, el personal objeto de subrogación únicamente podrá adquirir la condición de personal empleado público mediante la
superación de los procesos normativamente establecidos al efecto, respetando los principios constitucionales y legales aplicables.
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