Cubrir
determinadas plazas en un Servicio de Salud puede llegar a ser
un reto. Por ello, incentivar a los profesionales sanitarios que aspiren a las mismas, con una mejor oferta retributiva, es una de las inciativas que suelen llevar a cabo las Administraciones autonómicas. El último en hacerlo ha sido el Gobierno de La Rioja, que ha publicado en el Boletín Oficial de la región qué plazas de su sistema sanitario
se considerarán de difícil cobertura.
Según se puede observar en las tres resoluciones oficiales que definen dichos puestos, las plazas declaradas como tal son de personal estatutario sanitario facultativo, y los principales centros afectados son el
Hospital San Pedro y el
Hospital de Calahorra.
En el primero de ellos se han considerado de difícil cobertura las plazas de
Médico de Urgencias Hospitalarias. Así, estos puestos de trabajo podrán ser ofertados en procesos selectivos específicos mediante el sistema de concurso.
Plazas de difícil cobertura en el Hospital de Calahorra
Asimismo, el Ejecutivo riojano ha reconocido como de difícil cobertura
once plazas de diferentes categorías. A continuación, se detallan:
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Facultativo Especialista de Área de Alergología
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Facultativo Especialista de Área de Cardiología
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Facultativo Especialista de Área de Pediatría
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Facultativo Especialista de Área de Oftalmología
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Facultativo Especialista de Área de Aparato Digestivo
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Facultativo Especialista de Área de Otorrinolaringología
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Facultativo Especialista de Área de Traumatología y Cirugía Ortopédica
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Facultativo Especialista de Área de Obstetricia y Ginecología
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Médico de Urgencia Hospitalaria
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Facultativo Especialista de Área de Rehabilitación
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Facultativo Especialista de Área de Urología
Por último, entran dentro de esta iniciativa las plazas de
Médico de Familia en Equipo de Atención Primaria que sustentan los puestos de trabajo de Médico de Familia de Refuerzo.
Todas estas nuevas condiciones están recogidas en el artículo 16 de la Ley 9/2025, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026. Eso sí, estas resoluciones tienen fecha de caducidad, ya que tendrán efectos desde la entrada en vigor de la ley
hasta el 31 de diciembre de 2028.
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