El
Departamento de Salud del País Vasco ha aprobado la convocatoria de
becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario 2020 para promover la mejora de la calidad de los servicios sanitarios mediante una mayor formación del colectivo sanitario. Por eso, “se ha planteado
una estrategia a medio y largo plazo para aumentar la capacitación del personal del Sistema Sanitario Vasco en su práctica profesional”, según la orden que lo anuncia publicada en el Boletín Oficial Autonómico.
El objetivo principal es, precisamente,
asegurar la cualificación óptima y potenciar el desarrollo profesional. Se pretende expresamente la potenciación de estancias formativas y actividades formativas en el extranjero, junto a la adquisición, en centros universitarios estatales, de competencias avanzadas en materia de gestión sanitaria, salud pública, (Obesidad Infantil), cuidados paliativos, Integración Asistencial, Medicina Familiar y Comunitaria, desarrollo de estrategias de prevención del suicidio, Plan Oncológico de Euskadi y Trastornos Neurodegenerativos y Neuromusculares.
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Consulta aquí las bases completas para acceder a las becas -
Además, el departamento de
Goztone Sagardui también quiere formar en
género y salud. Para ello, ofrecerá “formación integral en el campo del género y la salud con el fin de incorporar el enfoque de género a la actividad asistencial, de planificación y de gestión en los servicios sanitarios, elaborar y evaluar proyectos de investigación en dicho campo, plantear y desarrollar investigaciones en el campo de la salud y el género que supongan un avance en el conocimiento científico, junto a la detección y tratamiento de la violencia de género en el ámbito sanitario”.
La carga académica de los cursos debe ser de
al menos 60 créditos ECTS y pueden estar dirigidos a la obtención de títulos tanto oficiales como propios y no se concederán becas o ayudas para realizar actividades formativas que hayan sido subvencionadas por el Departamento de Salud.
Gastos y ayudas económicas
Los gastos subvencionables se agrupan en las siguientes categorías:
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Beca: comprende los gastos de manutención diferentes a los indicados en el apartado b) y el suplemento de acompañamiento por los gastos (salvo viaje) que generen las hijas o hijos menores que convivan con la persona beneficiaria durante las estancias formativas cuyo plazo ininterrumpido supere los tres (3) meses.
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Ayuda: comprende los gastos de viaje, matrícula, alojamiento y adquisición de material docente. Las personas que desarrollen actividades remuneradas durante el período de realización de la actividad formativa únicamente podrán ser beneficiarias de ayudas, y las que no las desarrollen podrán ser beneficiarias de ayudas y de becas.
Los importes máximos subvencionables son:
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Gastos de alojamiento en caso de desplazamiento: mil (1.000) euros mensuales.
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Gastos de matrícula y material docente: ocho mil (8.000) euros.
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Gastos totales en viajes: dos mil (2.000) euros.
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Suplemento por acompañamiento: trescientos (300) euros mensuales por hijo o hija.
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Gastos de manutención: quinientos (500) euros mensuales.
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Total de la beca o ayuda, teniendo en cuenta todos los conceptos anteriormente señalados: mil quinientos (1.500) euros mensuales.
La beca o ayuda se concederá para un período máximo de un año, en el que deberán superarse los 60 créditos. En el caso de que el plan de formación de la estancia o del curso tenga una duración superior, deberá volver a solicitarse la beca o ayuda en la convocatoria siguiente.
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