El
Departamento de Salud del País Vasco ha salido este martes en defensa de su consejera,
Nekane Murga, a través de una nota informativa en la que asegura que
las acusaciones vertidas por el sindicato ELA, que señala que la máxima responsable de la sanidad vasca presidió dos procesos selectivos de manera irregular,
“son falsas”. Por ello, exigen a la organización “una rectificación inmediata” al tiempo que indican que “no todo vale ni en política ni en la acción sindical”.
El sindicato ha denunciado este mismo martes que
Murga participó de manera "irregular" como presidenta de la Comisión de Evaluación de los citados procesos cuando, a su juicio, no podía hacerlo por ser entonces cargo de confianza, dado que la legislación vigente, según han explicado, impide la participación de dichos cargos en estos órganos por entender que
no gozan de la debida independencia e imparcialidad. En el momento de los hechos, la actual consejera era directora de Planificación, Ordenación y Evaluaciones Sanitarias del Departamento de Salud.
Sin embargo desde el Departamento piden a la organización “que cese la actuación continuada del sindicato ELA que l
o único que persigue es el desprestigio tanto de Osakidetza como del Departamento de Salud, y, por tanto, de todas y todos los profesionales que trabajan día a día por mejorar el Sistema Vasco de Salud”, señala la citada nota, en la que además se explica por qué el sindicato erra en su acusación.
La respuesta del Departamento de Salud
En primer lugar, Salud asegura que la legislación vigente a la que se ha referido ELA es la instrucción 2- 2017 y “en ella
se impide ser miembros de las comisiones de valoración en procesos de provisión al personal eventual”. Además, recuerda que por aquel entonces, la consejera,
al ocupar un puesto de directora, ostentaba “un cargo público y superior jerárquico de los puestos seleccionados, no personal eventual.
Asimismo, insiste en que la cobertura de las plazas se realizó “
de acuerdo con la normativa en vigor, entre las que se encuentra la instrucción 2-2017 a la que hace referencia el sindicato, siguiendo estrictamente los criterios generales de aplicación a los procedimientos de provisión temporal de puestos de trabajo de la Administración General de la CAPV y sus Organismos Autónomos”.
Por último, la Consejería recuerda que la propuesta de las personas que van a ejercer la presidencia y vocalía de las comisiones de evaluación “se comunican siempre a la representación sindical al objeto de que en el plazo oportuno manifiesten su opinión al respecto”. En este sentido, apunta que
“en el caso que nos ocupa la representación sindical no manifestó objeción o alegación alguna”.
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