El
Boletín Oficial de País Vasco ha publicado este jueves la orden pora la que se crea el
Comité de Planificación y Gestión de la Medicina Personalizada de Euskadi. Este órgano pretende establecer una herramienta para
el asesoramiento al Departamento de Salud en la planificación de la medicina personalizada.
Este comité se enmarca dentro del Plan de Salud de Euskadi 2013-2020, el cual recoge en su planteamiento un amplio abanico de acciones y objetivos a alcanzar en materia de cáncer. Dicho asesoramiento va a permitir al
Departamento de Salud la creación y puesta en marcha de un comité de planificación y gestión de la medicina personalizada en Euskadi, inicialmente en oncología, pero que se extenderá al resto de áreas, para la evaluación de recursos y
toma de decisiones funcionales y de organización de la atención sanitaria con garantías de calidad y eficiencia.
En la composición del Comité de Planificación y Gestión de la Medicina Personalizada de Euskadi se integran profesionales del Departamento de Salud, de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de
los institutos de investigación y de la fundación vasca de innovación e investigación sanitarias.
Esta norma, que se enmarca en el régimen establecido por el Decreto 121/2005, de 24 de mayo, sobre el régimen de los consejos asesores del Departamento de Salud, crea un órgano de asesoramiento al Departamento de Salud para la planificación estratégica y
toma de decisiones para la puesta en marcha de acciones que permitan la implementación de la medicina personalizada.
La norma que aprueba su creación regula, por ejemplo, que el Comité de Planificación y Gestión de la Medicina Personalizada de Euskadi se reunirá semestralmente,
pudiéndose proponer reuniones con más frecuencia en caso de necesidad.
Por otro lado, siempre que el comité lo acuerde y desde la doble perspectiva del cumplimiento de la normativa lingüística y de su incidencia en la normalización del euskera se podrán emitir en euskera las convocatorias, actas, certificados y escritos de distribución ordinaria entre las personas que integran el comité. En todo caso, se garantizará siempre la utilización de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Además, se podrán constituir comités de apoyo de medicina personalizada, cuando sean necesarios, en áreas específicas del conocimiento tales como la oncología genética, oncohematología u otros, como grupos de trabajo operativos, de apoyo a la planificación y a la gestión, dependientes del propio comité y de la
dirección de planificación, ordenación y evaluación sanitarias con objetivos y líneas de trabajo definidos y supervisados por este.
Comité atención cáncer infantil
Este jueves, el
boletín oficial de la comunidad también ha establecido la creación del Comité de Coordinación asistencial para la gestión de la atención del cáncer infantil y de la adolescencia de Euskadi, que
se adscribe al Departamento de Salud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sin participar en la estructura jerárquica de esta.
Sus funciones se basan en elaborar para el cáncer infantil y en la adolescencia la oferta asistencial de la comunidad autónoma; analizar y definir los criterios clínicos de actuación, incluyendo el seguimiento en los procesos oncológicos pediátricos y en la adolescencia de Osakidetza-Servicio vasco de salud; y elaborar y aplicar los protocolos de gestión de pacientes.
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