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España acuerda transferir la homologación de médicos extranjeros en 2020

Así lo refleja el calendario acordado entre el Gobierno y País Vasco, las negociaciones comienzan en julio de este año

El lehendakari, Íñigo Urkullu, y el presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez.

22 ene 2019. 18.00H
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El Gobierno de España y País Vasco comenzarán en julio de este año las negociaciones para que la citada Comunidad Autónoma empiece a validar los títulos universitarios extranjeros, entre los que se incluyen los de Medicina. Así lo ha confirmado a Redacción Médica fuentes del Ejecutivo de Pedro Sánchez después de que se haya trasladado al Gobierno vasco un calendario de negociaciones con horizonte en enero de 2020 para poner en marcha una medida pionera en la historia de España.

“La homologación de títulos es una de las transferencias más complicadas, por lo que entra en el tercer paquete de negociaciones, cuyas reuniones comenzarán en julio de este año”, explican las citadas fuentes. La intención del Gobierno es que la transferencia de esta competencia concluya “en enero de 2020”, aunque admiten que “puede haber demoras”.

Las negociaciones comenzarán en julio de 2019

Una negociación entre ambos Ejecutivos que, como ya adelantó Redacción Médica, se basa en un documento fechado en septiembre de 2017 donde el Gobierno vasco informaba al parlamento regional de las materias que quedaban por adquirir como gestión directa. Entre ellas, la mencionada homologación, que afecta directamente a los títulos de Medicina extranjeros y que tantas veces es puesta como ejemplo de solución para paliar la falta de especialistas en los servicios autonómicos de salud.

La medida quiere dar solución a una de las ‘trabas’ que más complican la falta de médicos, pues el Estado central tarda una media de dos años en validar estos títulos obtenidos fuera de la Unión Europea. Una situación que ha suscitado bastantes críticas por parte de las autonomías e incluso el propio ministerio ha reconocido en más de una ocasión que convendría agilizar tales trámites.

Al tratarse de una profesión regulada, “el reconocimiento de títulos para su ejercicio en virtud de los procedimientos previstos por directivas comunitarias (para ciudadanos UE formados en la UE)” establece “un reparto competencial entre los diferentes Departamentos ministeriales que tutelan las diferentes profesiones”, según han explicado fuentes del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a este periódico.

Ciudadanos ha exigido una aclaración de la ministra


Será el Ministerio de Sanidad, por tanto, quien pierda la competencia de homologar los títulos de Medicina extranjeros en el País Vasco, ya que es éste quien “se encarga de las diferentes profesiones en el ámbito de la salud: médicos, enfermeros, odontólogos, farmacéuticos…”.

Al tratarse de una profesión regulada, es el Ministerio de Sanidad quien pierde la competencia

El pacto entre el Ejecutivo de Pedro Sánchez y el de Íñigo Urkullu ha levantado ampollas en la Organización Médica Colegial (OMC) que, tras la publicación de la exclusiva en este periódico, emitió comunicado para recordar que "la competencia para la homologación de títulos de grado médico y de especialista extracomunitarios es competencia del Estado, con la participación del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos".

A pesar de ello, desde la OMC plantearon la hipótesis de asumir ellos la competencia porque "solo existe un único sistema de ordenación profesional y porque la certificación común de los estudios y licencias profesionales es imprescindible para la credibilidad de los títulos, diplomas y certificados". Además, "conviene a todos que, al existir un único espacio de praxis profesional, también se mantenga un único marco de titulación y homologación".

En el ámbito político, el grupo parlamentario de Ciudadanos en el Congreso pidió la comparecencia de la ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo, para que explicara “detalladamente” en qué consistía esta transferencia.

Transferencias en medicamentos y productos sanitarios


En materia sanitaria, el calendario de traspasos competenciales también contempla las previstas en  el  Real  Decreto  Legislativo  1/2015,  de  24  de  julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los  medicamentos y productos sanitarios. Que contempla las siguientes competencias:
  • Autorización  de  los  mensajes  publicitarios  para  difusión  limitada  a  la  Comunidad  Autónoma (art. 80 RDL 1/2015).
  • Control de la promoción dirigida a profesionales sanitarios (arts. 12 y 28 RDL 1/2015).
  • Verificar que los laboratorios farmacéuticos realizan sus actividades de acuerdo con las  normas de correcta fabricación (NDF) (art. 17 RDL 1/2015).
  • Acciones  inspectora  que  desencadenen  suspensión  o  revocación  de  las  autorizaciones  (art. 35 RDL 1/2015).
  • Programas de control de calidad de los medicamentos (art. 11 RDL 1/2015).
  • Colaborar  en  las  tareas  de  farmacovigilancia  de  los  medicamentos  de  uso  humano  conforme  a  lo  establecido  en  la  legislación  de  productos  farmacéuticos  (arts.  53  y  54  RDL 1/2015).
  • Información  de  las  reacciones  adversas  de  los  medicamentos  (arts.  41,  53  y  54  RDL  1/2015).
  • Inspección en materia de ensayos clínicos (art. 59 RDL 1/2015).
  • Inspección  de  la  ejecución  de  la  legislación  de  productos  farmacéuticos  (art.  108  RDL  1/2015).
  • Potestad sancionadora en materia de productos  farmacéuticos (art. 114 RDL 1/2015). Cierre temporal de establecimientos (art. 114 RDL 1/2015).
  • Realización de inspecciones de buenas prácticas de laboratorios (art. 69 RDL 1/2015).
  • Cuantas otras funciones ejecutivas atribuya a las Comunidades Autónomas la legislación  sobre productos farmacéuticos.
  • Licencia de fabricación de productos sanitarios a medida prevista en el art. 100 de la Ley  14/1986,  de 25 de abril,  General  de  Sanidad,  en  la  redacción  dada  por  la  Ley  55/1999,  de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.

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