Redacción. Pamplona
El Departamento de Salud ha publicado una orden foral (OF 51/2015, de 23 de abril) en la que se establecen las fórmulas de colaboración con los profesionales sanitarios jubilados que quieran mantener un cierto nivel de actividad docente e investigadora en beneficio del sistema sanitario público de Navarra.
Marta Vera, consejera de Salud.
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Se trata de habilitar los mecanismos necesarios para poder contar con la experiencia y conocimientos de estos profesionales una vez han accedido a la jubilación, y que deseen continuar realizando funciones de consultoría, asesoría, formación o apoyo a la investigación. En la actualidad, el ejercicio de este tipo de actividades se venía realizando sin apoyo normativo, lo que en ocasiones planteaba ciertas dificultades en lo relativo a las retribuciones que pudieran derivarse, o en el acceso y participación en convocatorias de ayudas a la investigación.
En el texto se enumeran los ámbitos en que podrán participar el personal sanitario jubilado del Departamento de Salud y sus organismos autónomos y las actividades que podrán realizar, entre las que destacan la participación como docentes en seminarios, cursos o conferencias destinados a la formación del personal en activo; la participación directa y/o dirección de proyectos de investigación; elaboración y revisión de artículos divulgativos; participación en tribunales de selección de personal; colaboración en el diseño de planes o programas sanitarios, sanitarios, de calidad o de gestión; colaboración en la organización de eventos, jornadas o congresos; elaboración de informes técnicos de funcionamiento y mejora de los servicios; o la participación en sesiones clínicas y/o prestar asesoramiento clínico directo a los profesionales de su especialidad mediante la revisión conjunta de casos clínicos, entre otras actividades.
Para ello, podrán tener acceso a la información sanitaria de su área de interés contenida en la intranet sanitaria del Gobierno de Navarra; a los fondos bibliográficos de la biblioteca virtual del SNS; a las bases de datos del Departamento (con respeto de la normativa en materia de protección de datos); y a las convocatorias de ayudas públicas para investigación y al apoyo técnico requerido en las mismas condiciones que el personal en activo.
La orden foral recoge asimismo que las compensaciones económicas que pudieran derivarse de algunas de estas funciones serán en la misma cuantía y criterios que rigen para el personal del Departamento. Por su parte, la participación en tribunales de selección se ajustará a lo establecido en la normativa correspondiente y la realización de informes técnicos, a la normativa de contratos públicos.