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Navarra responde al Constitucional y garantiza una sanidad gratuita

El director general de Salud ha asegurado que se atenderá a los 'sin papeles' respetando "el marco constitucional"

El director general de Salud de la Comunidad Foral de Navarra, Luis Gabilondo.

28 feb 2018. 11.10H
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POR REDACCIÓN
Navarra garantizará la atención sanitaria universal, es decir a todas las personas incluidas aquellas que no disponen de papeles de residencia, en el marco de sus propias competencias y “respetando el marco constitucional”. Así lo ha señalado el Departamento de Salud tras publicarse la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que tumba la ley foral de 2013 que establecía la cobertura sanitaria universal y que recurrió el Gobierno del PP por inconstitucional.

La prestación de la atención sanitaria en Navarra, al igual que la farmacéutica, que se deriva de la misma ley anulada, se llevará a cabo mediante ayudas a las personas migrantes que el Estado ha excluido por su situación irregular (es decir por carecer de papeles de residencia) con un procedimiento que ultima el Departamento de Salud, según ha precisado su director general de Salud, Luis Gabilondo.

Se estima que hay en Navarra 5.700 personas “sin papeles”, personas, por otro lado, que, precisamente por su estado de salud y juventud, apenas son usuarios de los servicios sanitarios, tal como ha apuntado Gabilondo.

Discrpancias entre magistrados

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nula la Ley Foral 8/2013, de 25 de febrero, por la que se reconoce a los residentes en Navarra el derecho de acceso a la asistencia sanitaria gratuita del sistema público sanitario navarro, al considerarla “incompatible” con la regulación estatal.

Cuatro magistrados del TC han formulado un voto particular al discrepar de la fundamentación y del fallo de la sentencia y un quinto magistrado ha emitido un voto particular aludiendo a las competencias de desarrollo de la sanidad que le confieren a Navarra, entre otras, la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento.

El tribunal observa similitudes con las controversias generadas en otras comunidades autónomas como la Comunidad Valenciana o Extremadura que también aprobaron normas propias, que se concretan en “si el sistema nacional de salud, establecido para todo el territorio del Estado, el derecho de acceso a la cartera de prestaciones sanitarias, debe tener el mismo nivel de cobertura subjetiva”.

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