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Los sindicatos participarán en la Junta de Contratación Pública sanitaria

También se suma la corporación empresarial de Navarra y se actualiza la denominación de la Confederación Empresarial

La presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite.

22 feb 2024. 18.50H
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El Gobierno de Navarra modifica el decreto por el que se regula la Junta de Contratación Pública, que suma ahora la participación de los sindicatos sanitarios. Así, las organizaciones sindicales, así como la corporación empresarial de Navarra, formarán parte de la mencionada Junta para supervisar los contratos con empresas sanitarias.

Además, se ha actualizado la denominación de la Confederación Empresarial de Navarra, según consta en el Boletín Oficial de Navarra (BON). Entre las diversas vocalías que componen la Junta de Contratación Pública, una de ellas será designada por el departamento competente en materia de salud.

Otra será por cada organización sindical que tenga más de un 10 por ciento de representatividad en Navarra, hasta un máximo de cuatro. De lograr una representación superior a este porcentaje, sindicatos como el Sindicato Médico de Navarro, el Sindicato de Enfermería, Satse, o cualquier otro podrían participar en la Junta de Contratación Pública.

Composición de la Junta de Contratación Pública


La presidencia de la Junta de Contratación Pública será desempeñada por la persona titular del departamento de la Administración de Navarra con competencia en materia de contratación pública o persona habilitada temporal o permanentemente por el mismo y con rango, al menos de dirección general.

La vicepresidencia será ocupada por la dirección del Servicio de Patrimonio del Departamento de la Administración de Navarra con competencia en materia de contratación. Por su parte, en cuanto a las vocalías, además de la de Salud y los sindicatos:
  • Una vocalía, ocupada por persona designada por el Parlamento de Navarra entre su personal letrado.
  • Una vocalía, ocupada por persona del Servicio de Asesoría Jurídica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la persona titular del departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competente en materia de presidencia.
  • Una vocalía, que corresponderá a la jefatura de la Sección de Intervención del Departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competente en materia de contratación pública.
  • Una vocalía, designada por el departamento competente en materia de administración local.
  • Una vocalía, designada por el departamento competente en materia de educación.
  • Una vocalía, designada por el departamento competente en materia de derechos sociales.
  • Una vocalía, designada por el departamento competente en materia de obras públicas.
  • Una vocalía, representante de la Corporación Pública Empresarial de Navarra.
  • Una vocalía, designada por la Universidad Pública de Navarra, entre su personal funcionario.
  • Una vocalía, designada por la Federación Navarra de Municipios y Concejos, entre personal funcionario de la administración local.
  • Una vocalía, designada por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
  • Dos vocalías que representen a la Confederación Empresarial de Navarra.
  • Dos vocalías, que representen a las Pymes, designadas por la Confederación Empresarial de Navarra.
  • Una vocalía, que represente a la Asociación de Empresas de Economía Social de Navarra.
  • Una vocalía, ocupada por la presidencia del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra.
  • Una vocalía, ocupada por la presidencia de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción.
  • La secretaría, que será ejercida por la persona titular de la jefatura de Sección de Contratación del Departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con competencias en materia de contratación pública.

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