El
conflicto sanitario en la Comunidad Foral de Navarra sube de tono. El Sindicato Médico de Navarra (SMN) ha presentado una denuncia formal ante la Inspección de Trabajo contra el consejero de Salud,
Fernando Domínguez, acusando al Servicio Navarro de Salud (SNS-O) de vulnerar el derecho fundamental a la huelga mediante prácticas de
"esquirolaje".
El detonante de esta acción legal han sido las recientes declaraciones del titular de Salud en el Parlamento de Navarra. Ante la huelga de facultativos convocada para el turno de tarde (de 15:20 a 21:59 horas)
entre el 4 de mayo y el 30 de junio de 2026, Domínguez anunció "su intención de derivar pacientes a centros concertados para paliar el impacto del plante médico".
Según el documento remitido por el SMN a la Inspección, el consejero estaría interpretando erróneamente la paralización de las "peonadas" (actividad extraordinaria voluntaria) como una simple decisión individual de los médicos. El sindicato subraya que esta inactividad está
plenamente amparada por la convocatoria oficial de huelga y que, "al tratarse de una actividad voluntaria, no está sujeta al cumplimiento de servicios mínimos".
"Reorganización artificial de la plantilla" de Osasunbidea
El sindicato es tajante en su escrito: "No puede
reorganizar artificialmente la plantilla para cubrir las funciones de los huelguistas y minimizar el impacto del paro, ni derivar pacientes de Osasunbidea afectados por laparalización de la actividad secundaria a la huelga convocada por el SMN a otros centros privados no afectados por dicha convocatoria".
En su denuncia, el SMN especifica que el artículo 28.2 de la Constitución Española "considera ilítico que la empresa neutralice los efectos de una huelga mediante sustitución de huelguistas, ya sea contratando personal externo, lo que es esquirolaje externo; redistribuyendo el trabajo entre trabajadores no huelguistas, esquirolaje interno; o desviando la producción a otros centros, esquirolaje organizativo o externo en redes empresariales".
Para sustentar su acusación, la central sindical ha desplegado un sólido argumentario legal basado en resoluciones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Entre la jurisprudencia esgrimida destaca la reciente STC 24/2026, que establece que la utilización extraordinaria de medios organizativos o técnicos para neutralizar una huelga es "ilícita".
Asimismo, apoyan su denuncia en sentencias del Supremo (como la STS 14-11-2024 y la STS 1199/2024) que blindan
el derecho a la huelga frente a externalizaciones o desvíos de actividad entre redes empresariales, y que prohíben al empresario utilizar a trabajadores no huelguistas para suplir a sus compañeros en circunstancias distintas a las habituales.
Con este movimiento, el sindicato solicita a la autoridad laboral que intervenga de manera inmediata para paralizar estas derivaciones y reorganizaciones dentro del Servicio Navarro de Salud, exigiendo además que se impongan las sanciones correspondientes al consejero de Salud por "atentar contra un derecho fundamental".
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