El
Parlamento navarro aprobó el pasado jueves una
resolución en la que mostraba el rechazo a la
sentencia del Tribunal Constitucional que no considera que la reforma sanitaria impulsada por el Ejecutivo de Rajoy en 2012 fuera en contra de la Constitución. O lo que es lo mismo, la Justicia avala el recorte de prestaciones sanitarias gratuitas a los inmigrantes sin permiso de residencia, aunque estén empadronados. Una de las principales voces en el impulso de esta resolución es la de la parlamentaria de
EH Bildu, Bakartzo Ruíz, cuyo partido es el responsable de esta iniciativa. Redacción Médica ha hablado con Ruíz para analizar las consecuencias que podría tener la decisión.
¿Qué consecuencias legales puede traer la sentencia del Tribunal Constitucional en Navarra?
Hasta que no haya una sentencia en firme -actualmente la suspensión está levantada parcialmente- nuestra ley foral sigue en vigor, pero es cierto que estamos preocupados porque lo que dice el Constitucional puede sentar jurisprudencia.
¿Tienen previsto un plan 'B' llegado el caso?
Si finalmente la Justicia anula nuestra Ley Foral, pondremos en práctica todos los mecanismos que tenemos en nuestra mano para poder llevarla a cabo. En Navarra nunca se ha dejado de atender a la población que está en situación irregular, lo que intentamos conseguir en que tengan todas las garantías jurídicas para que se les preste esa atención sanitaria.
¿Qué supondría la anulación definitiva de la Ley Foral 8/2013?
Una aberración absoluta, que invadiría nuestras competencias en materia sanitaria y crearía una gran inseguridad jurídica a todo el colectivo de inmigrantes que reside en Navarra.
Si la resolución recientemente aprobada en el Parlamento no es vinculante, ¿qué se persigue con ello?
Queremos mostrar nuestro rechazo más rotundo a la sentencia y advertir del riesgo que supone ante un inminente y definitivo pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre nuestra ley foral.
Según la ley navarra, el paciente inmigrante en situación irregular debe presentar un certificado de empadronamiento para ser atendido en los centros de la comunidad. ¿Puede una persona residente en otra comunidad limítrofe ser atendida en Navarra?
Sólo si se presenta el documento que acredite que vive en Navarra, aunque dicho certificado no tiene por qué tener antigüedad.
Hay quien puede tachar la medida de discriminatoria…
No es discriminatoria en absoluto. Las competencias están trasferidas y cada comunidad tiene que desarrollar sus propias normas en este sentido.
Por tanto, no hay ningún acuerdo con las comunidades limítrofes en este sentido.
Sí lo hay con La Rioja y País Vasco, aunque no incluye a la población inmigrante.
¿Cree que hay una contradicción de argumentos por parte del Tribunal Constitucional al levantar parte de la suspensión de la ley foral en base a la conveniencia de “evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad por un eventual ahorro económico” y al mismo tiempo avalar los recortes de Rajoy?
Totalmente. Al levantar la suspensión dejó la puerta abierta a considerar que los recortes en materia sanitaria a inmigrantes eran contrarios a la Constitución, pero la nueva sentencia dice precisamente lo contrario. Por ello, advertimos del riesgo que dicho fallo supone para la Ley Foral.
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