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El SMS y los médicos prorrogan la asistencia a los facultativos enfermos

El convenio, que data de enero de 2020, estará vigente durante el ejercicio 2024 con un presupuesto de 50.000 euros

El presidente del Colegio Oficial de Médicos de la Región de Murcia, Francisco Miralles.

10 ene 2024. 15.10H
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El Servicio Murciano de Salud (SMS) y el Colegio Oficial de Médicos de la Región de Murcia prorrogan el convenio de asistencia a los facultativos enfermos. Este acuerdo, que estará vigente durante el ejercicio 2024, tiene como objeto la asistencia coordinada a los médicos trabajadores enfermos en el Plan de Atención Integral al Médico Enfermo.

El convenio data de enero de 2020 y se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2023. Ahora, se vuelve a prorrogar durante todo 2024, con un presupuesto de 50.000 euros en materia de costes de atención sanitaria.

El pacto ha sido sellado por la directora gerente del SMS, Isabel Ayala, y por el presidente del Colegio Oficial de Médicos de la Región de Murcia, Francisco Miralles.

Atención integral al médico enfermo


El Programa de Atención Integral al Médico Enfermo (Paime) es un programa para médicos con trastornos psíquicos y/o conductas adictivas que pueden interferir en su práctica profesional. Este programa tiene como finalidad asistir, de manera integral y confidencial, a estos médicos, asegurando que reciben el tratamiento adecuado y puedan ejercer la Medicina en las mejores condiciones posibles para la salud de sus pacientes.

Tienen derecho a la asistencia Paime todos los médicos colegiados y en activo que se hallen bajo riesgo de sufrir trastornos de conducta a causa de la adicción al alcohol y otras drogas o bien a causa de psicopatologías distorsionadas de la realidad.

El programa Paime del Colegio Oficial de Médicos de la Región de Murcia se hace cargo del pago de los tratamientos. También asumirá el pago de las cuotas colegiales en casos en que dicho tratamiento implique la suspensión del ejercicio profesional. No obstante, en caso de interrupción voluntaria del programa por parte del enfermo, el Colegio, atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso, podrá exigir a éste o a sus representantes legales el ingreso de los gastos causados por el mismo.

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