El
Tribunal Supremo ha ratificado este martes la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la que dejaba
sin efecto a Madrid Central. De este modo, la zona de bajas emisiones que comenzó a funcionar el viernes 30 de noviembre de 2018 dejará de estar vigente y
todas las multas impuestas decaerán al carecer de sustento normativo.
El Supremo da así carpetazo al recurso de casación presentado por
Ecologistas en Acción a la decisión del TSJM y que fue anulado a finales de julio del año pasado por "defectos formales" y a petición de la Comunidad de Madrid.
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Omisiones en la ordenanza
Los magistrados consideraban que la ordenanza de movilidad sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria el 5 de octubre 2018,
omitía el trámite de información pública, un requisito que se considera esencial.
En febrero de este año el TSJM reiteró en una nueva sentencia la anulación de Madrid Central alegando de nuevo defectos formales. Es entonces cuando Ecologistas en Acción recurrió en casación esos fallos ante el Tribunal Supremo (TS), que ya ha tomado su decisión.
Otro de los motivos es la
falta de "una justificada memoria económica" para anular algunos artículos de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) que daban cobertura a Madrid Central.
En cualquier caso,
el Ayuntamiento de Madrid, ahora liderado por el Partido Popular, no recurrirá la anulación de Madrid Central, medida que ha estado en vigor mientras las sentencias no fueran firmes.
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