La
Consejería de Sanidad ha establecido los
servicios mínimos para la
huelga indefinida que han convocado los Médicos Internos Residentes (MIR) de la Comunidad de Madrid, unos 5.000 en total, a partir del próximo
día 13 de julio. Los mínimos serán del
100 por cien en Atención Hospitalaria; y de uno o dos residentes por turno, según el centro, en
Atención Primaria. Así se oficializa este jueves en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
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Consulte aquí la resolución oficial ---
Según dicha resolución, la huelga, la que también se unen
el resto personal laboral en formación (EIR, PIR, FIR, BIR, QIR y RFIR) arrancará el lunes 13 de julio en jornada ordinaria, "todos los lunes
desde las 8 horas hasta las 15 horas; y en jornada complementaria (guardias), los lunes, martes, miércoles, jueves y viernes desde las 15 horas a las 8 horas del día siguiente.
Los sábados y domingos, desde las 8 horas a las 8 horas del día siguiente".
Los servicios mínimos afectarán al 1
00 por 100 de los residentes que tengan programada jornada complementaria en el ámbito de Atención Hospitalaria en los días afectados por la huelga,
incluidos los residentes de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria que tienen programada guardia en los centros hospitalarios.
Se establece también que se designará como servicios mínimos en el hospital durante la jornada ordinaria los lunes
a los mismos residentes que tengan programada guardia ese mismo lunes.
Los mínimos en Atención Primaria
En cuanto a Atención Primaria, dependerá del centro. En aquellos en los que coincidan hasta tres residentes, con independencia del año de residencia,
habrá un residente en servicios mínimos por turno.
En los centros en los que coincidan hasta cuatro residentes o más, con independencia del año de residencia
, habrá dos residentes en servicios mínimos por turno.
La publicación dice que
la Gerencia de los centros sanitarios deberá designar, de forma expresa y nominal, al personal laboral en formación en Ciencias de la Salud "mediante el sistema de residencia que deba realizar servicios mínimos". Asimismo, adoptará las medidas necesarias para llevar a efecto los servicios mínimos de acuerdo con la legalidad vigente, debiendo
efectuar la notificación a la mayor brevedad, de modo individual y fehaciente
a todos aquellos residentes que deban cubrir los servicios mínimos previstos.
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