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Madrid reduce los desplazamientos y trámites para obtener la baja laboral

El nuevo sistema de gestión de la Incapacidad Temporal ha sido propuesto por la Consejería de Sanidad

Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

19 mar 2018. 12.35H
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POR REDACCIÓN
La Comunidad de Madrid implanta desde este lunes el nuevo sistema de gestión de la Incapacidad Temporal (IT) o baja laboral, que simplificará los trámites y tiempos en la expedición y entrega del documento.

En 2017 se tramitaron 782.520 partes de baja en la región que generaron 3.200.752 partes de confirmación teniendo como principales motivos los procesos osteomusculares como lumbalgia y lumbociática, seguidos de procesos infecciosos agudos como faringitis y procesos de ansiedad y depresión. Además al aumento de los procesos infecciosos respiratorios agudos que se producen en invierno.

Ahora, con el nuevo sistema se disminuirán los trámites burocráticos y habrá un menor desplazamiento de los pacientes a los centros de salud para recibir los partes de confirmación. Y es que, la Consejería de Sanidad de la Comunidad se adaptará a la normativa estatal que recoge el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio. Hasta la fecha, el primer parte de confirmación debía emitirse al cuarto día del inicio de la situación de discapacidad y posteriormente cada siete días independientemente de la duración de la baja.

Duración de enfermedad y fecha de revisión

Desde ahora, los médicos deberán detallar en el parte médico de baja la duración estimada de la enfermedad y la fecha de la siguiente revisión. Por ejemplo, cuando el médico considere que se trata de un proceso de duración estimada muy corta, podrá emitir el parte de baja y alta en el mismo acto. Para facilitar la tarea, el médico podrá usar como referencia las tablas de duración óptimas de las distintas patologías.

El Real Decreto señala cuatro categorías de duración estimada, dividiéndolas entre muy corta (inferior a cinco días naturales), corta (de cinco a 30 días naturales), media (de 31 a 61 días) y larga (más de 61 días). La recomendación para las revisiones y emisiones de partes de confirmación de la baja varía para cada una de estas categorías. En función de cómo evolucione la salud del trabajador el facultativo podrá modificar los tiempos estimados de situación de baja laboral.

Cuando la duración de la enfermedad supere los 365 días, el control del proceso de incapacidad pasará al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Para adaptarse al nuevo sistema, la Gerencia Asistencial de Atención Primaria ha realizado sesiones formativas a las que han podido acceder todos los médicos de familia de familia. Además está previsto que la semana que viene se lleven a cabo sesiones por videocolaboración de refuerzo del cambio de aplicación.


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