La
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha fijado el
número máximo anual de nombramientos de su personal emérito de su Servicio de Salud correspondiente a los años 2023 y 2024. La decisión, publicada en el
Boletín Oficial de la comunidad autónoma, es el resultado de una reducción en las solicitudes presentadas durante este curso, por lo que se adaptará el cupo a la demanda actual.
De esta forma, el Sermas solo podrá nombrar como personal emérito hasta un máximo total de forma conjunta de
tres licenciados sanitarios estatuarios fijos que hayan quedado en situación de jubilación durante los años 2023 y 2024. Hasta ahora, la Orden que estaba en vigor fijaba
en cinco el número máximo de licenciados sanitarios estatutarios fijos aspirantes a tal reconocimiento.
Proceso de selección de personal sanitario emérito
El Decreto que regula este proceso dicta que la Consejería es la encargada de poner el límite a este reconocimiento. Por otro lado, la ley de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, que entró en vigor en 2023, estableció que
“la condición de personal emérito deberá solicitarse dentro del año natural anterior al de causar baja por jubilación”.
Los interesados podrán interponer el recurso protestativo de reposición ante la Consejería
en el plazo de una mes a contar desde el siguiente al de su notificación, o bien directamente presentar un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que corresponda, en el plazo de
dos meses.
Condición de personal emérito
La figura de personal emérito se corresponde con el personal licenciado jubilado que reúne unos méritos relevantes, una trayectoria profesional en la asistencia sanitaria, en la docencia o en la investigación
"especialmente excelente, meritoria o distinguida". Este nombramiento constituye un reconocimiento honorífico de carácter vitalicio del prestigio y de la relevancia profesional adquirida a lo largo de la vida laboral activa de aquellos licenciados merecedores.
Asimismo, se les posibilita
mantener una relación activa y retribuida con las Instituciones Sanitarias,por periodos prorrogables anualmente hasta que dicho personal cumpla la edad de 75 años.
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