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Madrid medirá la eficacia de sus políticas sanitarias con evaluaciones

El decreto establece la obligatoriedad de realizar un análisis posterior antes de los cuatro años de cada normativa

La presidenta del Gobierno de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.


16 ene 2026. 13.35H
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La Comunidad de Madrid medirá la eficacia de todas sus políticas, también sanitarias, con evaluaciones. El Gobierno autonómico ha sacado a audiencia un proyecto de decreto para establecer el régimen de evaluación después de que haya transcurrido un tiempo desde su entrada en vigor, con el fin de conocer la realización de las políticas públicas implicadas.

Según la exposición de motivos de la ley, ello redundará en una mayor rendición de cuentas en la labor legislativa de los poderes públicos y en una mayor calidad del ordenamiento jurídico autonómico.

Para el Ejecutivo regional, "la evaluación ex post es una fase determinante en el proceso de mejora de la calidad de las normas de la Comunidad de Madrid, en particular sobre su adaptación a los principios de buena regulación, la realización de las políticas públicas y la revisión de sus impactos".

De esta manera, algunas de las normativas en materia de sanidad que se han anunciado recientemente, que avanzan sus trámites y que se verán afectadas por este nuevo decreto son la Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid o el decreto que regula la telemedicina.

Revisión de cuatro años


El decreto establece la obligatoriedad de realizar al menos una evaluación ex post antes de que finalice el plazo de cuatro años a contar desde la entrada en vigor de la disposición normativa. También encomienda a la Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y Simplificación Normativa la tarea de fijar un calendario para la revisión de las normas que ya estén vigentes a la fecha de entrada en vigor del decreto.

Además, el procedimiento de evaluación incluirá una fase de consulta pública para fomentar la participación de los ciudadanos y las empresas, que con frecuencia son los que mejor pueden valorar el grado de efectividad de las normas y, en su caso, las dificultades en su aplicación.

Por otro lado, el decreto establece la pérdida de vigencia de las disposiciones reglamentarias de carácter organizativo, y de aquellas en las que se regule la organización y funcionamiento de los órganos colegiados, transcurrido el plazo de cinco años desde su entrada en vigor, salvo que como resultado de la evaluación ex post se considere necesario mantener su vigencia.

Se incluye igualmente un mandato a la Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y Simplificación Normativa para que, en el plazo de un año, formule una propuesta de revisión de los procedimientos administrativos, con el objetivo de priorizar, en beneficio de los ciudadanos, el silencio positivo en defecto de la resolución expresa en plazo.
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