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Madrid constata el éxito de la mediación sanitaria: "Empodera al paciente"

El Sermas incide en que evitar la judicialización permite "abordar de una manera más eficaz y rápida" los conflictos

Joaquín Rubio, secretario general del Sermas.

19 may 2023. 18.30H
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Todo conflicto sanitario deja tres ‘víctimas’. La primera de ellas, evidentemente, es el paciente que sufre la lesión. Tras él están los profesionales médicos; y por último, la organización, cuya reputación se ve afectada. Tradicionalmente, las responsabilidades de este tipo de situaciones se han dirimido en los juzgados, pero a lo largo del último lustro varias autonomías han explorado otras vías orientadas a la mediación que, en palabras del secretario general del Servicio Madrileño de Salud, Joaquín Rubio, han permitido no solo “empoderar” a los usuarios sino también afianzar la confianza hacia los servicios de salud.

La Comunidad de Madrid fue de hecho pionera en el impulso de esta fórmula de mediación extrajudicial. En 2017 lanzó su propio Servicio de Coordinación de Conflictos (SCC), que, según explica Rubio, produjo resultados inmediatos: ya en 2018 se logró cerrar, con acuerdo, el 35,6 por ciento de los 87 expedientes (22 con ellos con una indemnización). En 2022 solo se finalizaron ocho litigios, pero siete de ellos lo hicieron por este método.

En declaraciones a Redacción Médica, Rubio detalla que, si se obvian los dos años iniciales de pandemia, en los que el servicio se paralizó dado que requiere la presencialidad de los implicados, desde 2017 esta vía se ha ofrecido para el 10 por ciento de los casos. Siete de cada diez aceptaron. “Y una vez se inició la mediación, en el 61 por ciento de las ocasiones se llegó a un acuerdo, poniendo fin al procedimiento”, subraya.

"Humanizar" la atención al paciente


El secretario general del Sermas incide en que el modelo de mediación extrajudicial tiene tres ventajas. La primera de ellas es que “se humaniza más la atención al paciente”, pues existe un “contacto directo con la persona que ha sufrido un efecto adverso y la administración”. Estas herramientas permiten un traspaso de información más fluido “tanto desde el punto de vista médico como jurídico”.

“Esto es una gran ventaja, porque en caso contrario el paciente solo recibirá información del evento adverso al final del procedimiento, cuando ya hay sentencia”, recalca el dirigente del Sermas.

Por otro lado, apunta que la mediación acorta los tiempos de los procedimientos al evitar la judicialización. “Un caso que puede resolver en dos meses cuando la medida se encuentra en los 7,8 años”, explica.

En tercer lugar, Rubio pone en valor las virtudes del sistema para potenciar la “transparencia” del proceso. Se trata, añade, de una vía para “empoderar al paciente” facilitándole todos los datos necesarios y manteniendo su confidencialidad.

¿Cuándo se utiliza el Servicio de Coordinación de Conflictos?


Desde el Servicio Madrileño de Salud conceden que el objetivo que ha llevado a establecer una alternativa para la resolución de conflictos “es la mejora del servicio al ciudadano, proporcionando una atención sanitaria y administrativa más cercana”. “Además, se trata de abordar de una manera más eficaz y rápida algunas de las reclamaciones que se formulan en materia de responsabilidad patrimonial sanitaria, teniendo como uno de sus principales objetivos, la humanización de la sanidad”, alegan.

En este escenario, informan que el Servicio de Coordinación de Conflictos, que “se rige por los principios de gratuidad, voluntariedad, confidencialidad e imparcialidad”, está destinado a abordar reclamaciones cuya cuantía no supere los 30.000 euros o bien que estén realizadas a propuesta tanto de la compañía aseguradora como del Sermas “previa autorización de la otra parte”.

“Podrá ponerse en marcha el Servicio de Coordinación de Conflictos, de oficio o a instancia de los reclamantes”, concluyen.
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