Martes, 21 de julio de 2015, a las 15:29
Redacción. Madrid
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado sendos recursos presentados por los dos doctores que atendieron a las víctimas de la tragedia del Madrid Arena con el fin de evitar el embargo de sus bienes que se les impuso para cubrir la responsabilidad civil de 200.000 euros decretada en el proceso.

Simón Viñals.

En los autos, la Sección 23 de la Audiencia madrileña se pronuncia así sobre el recurso de apelación interpuesto por Carlos Viñals y su padre Simón Viñals contra el auto dictado el pasado 29 de abril por el Juzgado de Instrucción 51, en el que se acordaba el embargo de bienes de ambos facultativos para cubrir los 200.000 euros de responsabilidad civil.

Los recursos argumentan que se vulnera la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Constitución en lo relacionado con el derecho fundamental a la tutela judicial y a no sufrir indefensión. La defensa de los sanitarios explica que no tenían un seguro específico para la fiesta del Madrid Arena -como sostenía el juez de instrucción- pero sí estaban bajo la cobertura del seguro de los promotores, como les dio a entender la empresa Diviertt, que tiene una póliza de seguros con Mapfre.

Añaden que la cantidad de 200.000 euros deberá en todo caso garantizarse entre padre e hijo de manera solidaria y queda cubierta con el embargo de una vivienda tasada en 240.000 euros y una plaza de garaje tasada en 35.203, y consideran "excesivamente gravosa" el embargo de la pensión de jubilación de Carlos Viñals, por lo que solicitan su suspensión.

Sin estar dados de alta

La Sección 23 entiende sin embargo que la cobertura o no de los médicos por parte del seguro contratado por Diviertt se dilucidará en el juicio, aunque precisa que ninguno de los dos aparece en el listado de trabajadores dados de alta ese día en la Seguridad Social.

Detalla que los embargos decretados son necesarios para que no se produzcan situaciones que impidan o dificulten la efectividad de una posible sentencia que condene al abono de la indemnización, y subraya que en el auto de apertura de juicio oral se fijaron las cantidades indemnizatorias de las que deben responder todos los imputados de forma conjunta y solidaria.

El juicio por la tragedia del Madrid Arena, que provocó la muerte de cinco jóvenes el 1 de noviembre de 2012, se celebrará a partir del 12 de enero de 2016 y se prolongará varias semanas.

El magistrado Eduardo López-Palop abrió en abril pasado juicio oral contra quince acusados, entre ellos el promotor y empresario Miguel Ángel Flores y los doctores Carlos y Simón Viñals, que se sentarán en el banquillo como coautores por tres delitos de homicidio por imprudencia grave profesional.

El principal imputado en la causa, Miguel Ángel Flores, presentó el pasado mes de junio una querella criminal contra el magistrado instructor por presunto delito de prevaricación, delito contra la libertad individual, prevaricación omisiva y delito contra los derechos individuales contemplados en los artículos 446, 447, 531 y 537 del Código Penal.

Su letrado argumenta "vulneraciones manifiestas y arbitrarias del derecho a la defensa" de su defendido y "resoluciones manifiestamente ilegales y arbitrarias dictadas a sabiendas", así como una "detención ilegal" de Flores por no acudir a firmar uno de los días señalados, a pesar, según ha explicado el letrado a Efe, de que llamó por teléfono para avisar y cumplió con ese deber al día siguiente.

Considera asimismo que el magistrado instructor ha incurrido en una resolución "manifiestamente ilegal y arbitraria" al situar a Flores como principal imputado, "negándose consciente y arbitrariamente a imputar a los auténticos responsables de la tragedia, es decir, los responsables de la absoluta ilegalidad del citado edificio en materia de seguridad, y su carencia de las preceptivas licencias y medidas en materia de seguridad".


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