El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (
COFM) no se compromete a tener como
documento base la Ley de Farmacia pactada con el Colegio Oficial de Enfermería de la región.
Según ha podido saber
Redacción Médica de fuentes farmacéuticas, el compromiso
anunciado este miércoles por el consejero Enrique Ruiz Escudero para sacar adelante una nueva Ley llega
“por sorpresa, en una nueva legislatura, con peticiones nuevas” por lo que dudan de que puedan comprometerse con el citado pacto entre colegios profesionales. "No lo sabemos", sentencian a la vez que afirman que
el anterior texto "es del otro Gobierno".
En cambio, fuentes del Colegio Oficial de Enfermería de Madrid (
Codem) han explicado a este periódico que
“el Colegio se mantiene en la propuesta conjunta realizada en su día”, en referencia al citado texto legal pactado.
Se trata de un
articulado de consenso que Redacción Médica publicó en exclusiva el pasado 18 de febrero y que llegaba después de que el proyecto de ley que había sido remitido a los grupos parlamentarios generara fricciones entre los profesionales. Dicho desacuerdo venía sobre todo por la posible
invasión de competencias de los farmacéuticos a las enfermeras al abrir la ley la puerta a la
Farmacia domiciliaria. Por otro lado, PP y Ciudadanos
no llegaron a ponerse de acuerdo para aprobar el texto, que contó con
la oposición de PSOE y Podemos.
El redactado de los Colegios profesionales farmacéutico y enfermero
modificaba diez artículos y fue enviado a todos los grupos, además de a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Entre los cambios que se propusieron, en el artículo ocho, titulado ‘Funciones y servicios que se realizan en la oficina de farmacia’, en relación con la atención del farmacéutico,
se establecía que “colaborará” en el seguimiento de la medicación en tratamientos a pacientes, en vez de “seguimiento de la medicación”.
Asimismo, se decía que desarrollará las “actividades y servicios que determine la Consejería competente en materia de sanidad para la mejora y eficiencia del Servicio Madrileño de Salud en el ámbito de la
prestación farmacéutica”.
Eliminó el matiz de "carácter asistencial"
Además, el punto que decía “Participación, con los distintos niveles del Servicio Madrileño de Salud, en el desarrollo de actividades y
servicios asistenciales de naturaleza informativa, preventiva y de seguimiento a grupos específicos de pacientes y medicamentos, de acuerdo a los protocolos y requisitos de actuación que en cada caso se determinen”,
quedaba suprimido.
Otro de los cambios que se propusieron era, en este mismo artículo ocho, en la parte que decía que los farmacéuticos podrían realizar actividades de atención farmacéutica domiciliaria, establecía que
“en las oficinas de farmacia se podrá llevar a cabo fases de preparación, suministro y abastecimiento de SPD en la red sociosanitaria siempre en colaboración con el resto de profesionales sanitarios”.
Asimismo, quitaba el “seguimiento”, quedando solo en prevención, de las drogodependencias y añadía que la actividad del farmacéutico era “sin perjuicio de las
competencias propias de otros profesionales sanitarios legalmente previstas”.
También proponían cambiar el artículo dos,
eliminando el matiz “de carácter asistencial” de los servicios que presta el establecimiento farmacéutico; así como el cuatro, que en la nueva propuesta se decía que el farmacéutico colaboraría con el resto de profesionales sanitarios.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.