Fuenlabrada en el Sermas: bolsas de trabajo y reconocimiento de categorías

Con el acuerdo, se reconocerá la enfermería especialista y al médico de Cuidados Paliativos

Hospital de Fuenlabrada. (Imagen de Europa Press)


26 jun 2026. 12.10H
La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Sermas ha publicado en el boletín oficial de la región el acuerdo del proceso de integración del personal laboral del Hospital Universitario de Fuenlabrada en régimen estatutario al servicio autonómico. Con esto se dan a conocer todos los detalles del pacto que estuvo en negociaciones entre la administración y los sindicatos, centradas básicamente en mantener las condiciones económicas de los profesionales.

El acuerdo garantiza la "voluntariedad del proceso, la continuidad en el empleo y el mantenimiento de las condiciones de trabajo, dentro del marco legal y presupuestario vigente", entre ellas, las salariales, por ello recoge el Complemento Personal Transitorio Absorbible (CPTA) y Productividad Variable Transitoria (PVT); así como el complemento de rotación, que retribuye la realización de la actividad programada de turno de tarde en turno deslizante, todos ellos avanzados por Redacción Médica.

En cuanto a la antigüedad y los trienios, la resolución indica que al personal integrado en régimen estatutario se le mantendrá, a todos los efectos jurídicos y económicos, la antigüedad que tuviera reconocida, bajo las mismas cuantías por concepto de trienios vigentes a la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de integración.

Además, los trienios que se reconozcan con posterioridad a la fecha de la integración al régimen estatutario "lo serán conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud". Se contempla también que el personal integrado podrá solicitar al departamento de Recursos Humanos del Hospital Universitario de Fuenlabrada, "conforme al modelo de solicitud que se les facilite, el reconocimiento de los servicios previos para el perfeccionamiento de nuevos trienios".

Carrera profesional


El mantenimiento de la carrera profesional también está garantizado. La resolución señala que se reconocerá al personal del hospital que resulte integrado como consecuencia del proceso de estatutarización en todos los niveles del complemento que ya tuvieran consolidados hasta el momento.

Además, podrán participar en el procedimiento ordinario de carrera profesional de 2026 y los correspondientes Comités Evaluadores de Área "propondrán los niveles de carrera profesional que correspondan, teniendo en cuenta únicamente toda la antigüedad que tuvieran bajo el régimen de laboral o funcionario".

"Si a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria anual del procedimiento ordinario de Carrera Profesional de 2026 no hubiera concluido el procedimiento de integración con la publicación de la Orden de la Consejería de Sanidad por la que se aprueba la relación definitiva del personal integrado, pero sí hubiera concluido el procedimiento de integración dentro del año 2026, se abriría un plazo extraordinario de presentación de solicitudes", explica el texto.

Bolsas de trabajo


En cuanto a las bolsas de trabajo se mantendrán vigentes las actuales del hospital hasta la actualización de las bolsas de selección temporal del Sermas, "para facilitar la inclusión en ellas del actual personal, incluyendo el centro de trabajo Hospital Universitario de Fuenlabrada como centro de trabajo a elegir".

Enfermería especialista de Pediatría y Geriatría


Se acuerda también dar la posibilidad de integración en categorías de enfermera/o o especialista de Pediatría y de Geriatría al personal de Enfermería que cuenta con contrato laboral fijo, que en el momento de la integración opten por el régimen estatutario y disponga de la titulación de enfermero/a o especialista y esté ejerciendo las funciones correspondientes según sea el caso.

Geriatría:

  • Consulta externa de Enfermería Geriátrica
  • Hospital de Día Geriátrico.
  • Unidad de Media Estancia (UME) o Unidad de Recuperación Funcional (URF).
  • Unidad Geriátrica de Agudos (UGA).
  • Asistencia Geriatría Domiciliaria.
  • Enfermera de Valoración Geriátrica.

Pediatría:

  • Urgencias Pediátricas.
  • Unidades de Hospitalización Pediátrica.
  • Cuidados Críticos Pediátricos.
  • Unidad de Cuidados Paliativos Pediátricos.
  • Hospital de Día Pediátrico.
  • Neonatología.
  • Consulta externa de Enfermería Pediátrica.

Se habilitará también la integración en categoría de médico/a de Cuidados Paliativos en los mismos términos previstos en la normativa. "En caso de optar a categoría nueva de enfermera/o o especialista o médico/a de Cuidados Paliativos quedará en excedencia por incompatibilidad conforme lo dispuesto en el Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid, en la plaza laboral de enfermera/o o médico/a especialista correspondiente, no percibiendo CPTA ni PVT alguno", subraya la resolución. 
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