El Gobierno central ha ratificado, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la
Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid. Esta normativa, con el que el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso dio cumplimiento a una antigua reivindicación del sector y que ya se encuentra en vigor, recoge medidas de refuerzo los derechos de usuarios y profesionales y aportaciones de
‘valor añadido’ para la sostenibilidad del sistema como la referencia al uso consciente del medicamento.
La Asamblea de Madrid
aprobó definitivamente la Ley de Farmacia el pasado diciembre con el apoyo del
Partido Popular y Vox. El objetivo no era otra que actualizar una normativa que
se remontaba a 1998 y que, según advirtió el Gobierno autonómico, no recogía las necesidades actuales del sector.
La ley entró en vigor el pasado diciembre, tras su publicación en el Boletín de la Comunidad de Madrid. Este miércoles ha sido
registrada también en el Boletín estatal, que refleja el texto íntegro de una normativa destinada en primera instancia a garantizar a la población un “
acceso eficaz, consciente y racional a los medicamentos y productos sanitarios”, así como a promover la coordinación institucional estableciendo los mecanismos necesarios a tal efecto y fomentar la
responsabilidad y participación de los profesionales en la organización y gestión de los recursos que tengan asignados.
La norma actualiza la ley de 1998, que, según el Gobierno, no recogía las necesidades actuales del sector
|
El texto pone en valor la incorporación de “importantes novedades” en la legislación farmacéutica madrileña. Entre ellas, destaca el “refuerzo de los derechos de los usuarios y sus obligaciones” al incorporarse la referencia a un
“uso consciente del medicamento”. “Adjetivo que aporta un valor añadido al uso responsable en su doble vertiente personal y de sostenibilidad del sistema”, subraya el documento.
Asimismo, enfatiza la “completa información sobre medicamentos y productos sanitarios que debe presidir su uso y dispensación”, así como los derechos y obligaciones de los profesionales de los establecimientos y servicios farmacéuticos. Al respecto, destaca la posibilidad de poner a disposición de los usuarios
hojas de reclamaciones.
La nueva ley también delimita la figura del
establecimiento farmacéutico, definición hasta ahora inexistente y que engloba a servicios de farmacia, depósitos de medicamentos, botiquines y oficinas de farmacia.
'Delivery' farmacéutico y objeción de conciencia
Por otro lado, se ha pretendido cerrar la puerta al reparto de medicamentos a entidades ajenas a la farmacia gracias a la regulación de la atención domiciliaria. De este modo, se regula la
atención farmacéutica domiciliaria y la dispensación con entrega informada a domicilio, pero preservando la dispensación como un
acto profesional del farmacéutico.
“La ley se adapta a una realidad en la que no siempre es el propio paciente el que se desplaza a recoger sus medicinas. La familia ha jugado y juega un papel esencial en el sistema de salud, y se debe ayudar desde la Administración a que así siga siendo, pero también se debe favorecer que este papel pueda apoyarse en los
medios tecnológicos y digitales que estas familias ya utilizan en otros ámbitos de su vida cotidiana”, apunta.
La obtuvo el apoyo de Vox tras aceptar varias enmiendas a la misma, entre las que se recogen la introducción del
derecho a la objeción de conciencia del farmacéutico; se preserva el derecho a elegir libremente la farmacia y el profesional farmacéuticos, también en los centros residenciales sociosanitarios; y se eliminan las trabas para permitir ofrecer otros servicios sanitarios (óptica, dietética y nutrición, ortopedia), entre otras medidas.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.