Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, ha anunciado este viernes la restricción de la movilidad en
37 zonas básicas de salud.
Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad, ha detallado cuáles son:
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En Carabanchel: Puerta Bonita, Vista Alegre y Guayaba.
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En Usera: Almendrales, Las Calesas, Zofío, Orcasur y San Fermín.
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En Villaverde: San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo y Los Rosales.
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La zona básica de Villa de Vallecas.
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En Puente de Vallecas: Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaira y Federica Montseny.
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En Ciudad Lineal: Doctor Cirajas, Ghandi, Daroca y La Elipa
En
Fuenlabrada las zonas que se perimetrarán serán las de Alicante, Cuzco y Francia. También los municipios de
Humanes de Madrid y Moraleja de Enmedio, y en
Parla, las zonas básicas de salud de San Blas e Isabel II. Por su parte,
Getafe estará afectado en Las Margaritas y Sánchez Morate; en
San Sebastián de los Reyes, la zona de Reyes Católicos; y en
Alcobendas, la zona de Chopera y Miraflores.
Criterios de selección de las zonas básicas de salud con restricciones de movilidad.
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Las restricciones quedarán reflejadas en una nueva Orden del consejero de Sanidad que entrarán en vigor el próximo lunes,
21 de septiembre cuando se publiquen en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). La Abogacía General de la Comunidad de Madrid solicitará la ratificación judicial prevista en la Ley 29/1998 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el caso de que así proceda.
Duración de 14 días
Esta Orden tendrá un periodo inicial de
vigencia de 14 días naturales, pudiéndose prorrogar si así lo requiere la evolución de la situación epidemiológica en la región. La Consejería de Sanidad recuerda que las
sanciones aplicables por el incumplimiento de las órdenes y protocolos sanitarios vigentes pueden oscilar entre los
600 y los 600.000 euros.
En la orden se restringirán los desplazamientos y actividades no imprescindibles en estas 37 zonas y se establece la restricción de entrada y salida de esas áreas salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
Respecto a los lugares de culto, el aforo se reduce a un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.
Sobre los aforos en el comercio, se baja al 50 por ciento y su cierre será a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales. Por su parte, en la hostelería se elimina el consumo en barra y se limita el aforo a un 50 por ciento. De igual modo, sólo podrá haber 6 comensales en cada mesa, en lugar de 10 personas como hasta ahora, y tendrán que cerrar a las 22:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
En toda la comunidad, se limitan las reuniones sociales en espacios públicos y privados a un máximo de seis personas (hasta el momento estaba permitido hasta un total de 10).
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