El objetivo de esta medida es, justamente, reducir el número de contagiados por coronavirus entre sus vecinos y adoptar medidas de control y prevención para limitar la transmisión de la enfermedad.
Las 32 zonas de salud afectadas por las restricciones
Las zonas sanitarias confinadas en la ciudad de Madrid son:
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Chamartín: Nuñez Morgado
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Chamberí: Guzmán el Bueno
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Villaverde: San Cristóbal, San Andrés y El Espinillo
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Puente de Vallecas: Entrevías, Peña Prieta, Pozo de Tío Raimundo, Rafael Alberti, Alcalá de Guadaira y Numancia
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Ciudad Lineal: Daroca
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Moratalaz: Vinateros – Torito, Pavones y Vandel
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Latina: Puerta del Ángel
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Fuencarral: Virgen de Begoña
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Tetuán: Villaamil e Infanta Mercedes
Las zonas afectadas en otros municipios de la Comunidad de Madrid son:
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Collado Villalba Pueblo
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Guadarrama
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Majadahonda
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San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón)
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San Blas (Parla)
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Pintores (Parla)
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Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo)
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Morata de Tajuña
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Las Fronteras (Torrejón de Ardoz)
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Brújula (Torrejón de Ardoz)
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El Boalo (Manzanares del Real)
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Villarejo de Salvanés
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Colmenar de Oreja
Restricciones en las zonas de salud
El gobierno regional madrileño ha explicado que impondrá un nuevo cierre perimetral en estas zonas a partir del lunes y por una duración de 14 días, que podrá ser o no prolongada según la situación epidemiológica. "En las zonas básicas de salud con transmisibilidad alta se restringirá la entrada y salida de personas, salvo por desplazamientos justificados (motivos laborales o académicos, necesidad de acudir a un centro sanitario, cuidar a personas dependientes, etc.)", según ha explicado Escudero.
La circulación por carretera solo estará permitida para salir o entrar de estas zonas con motivo justificado. A pie, se permitirá la circulación de personas residentes siempre y cuando se respeten las medidas de prevención del virus, para lo que se pondrá en marcha un dispositivo en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Los bares y restaurantes no podrán atender en barra a ningún cliente y se deberá garantizar una distancia mínima de 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las mesas con una ocupación máxima de seis personas por cada una.
Los lugares de culto no podrán superar un tercio de su aforo, mientras que la asistencia a velatorios se limita a 15 personas para espacios al aire libre y a 10 para lugares cerrados. Del mismo modo, se cerrarán los parques infantiles de uso público.
Restricciones comunes para toda la Comunidad de Madrid
A las restricciones concretas que se apliquen estas zonas de salud afectadas hay que sumarles aquellas que tienen carácter general de aplicación en toda la Comunidad de Madrid y que
entrarán en vigor este mismo sábado a partir de las 16:47, una vez decaiga el estado de alarma decretado por el Gobierno de España en la comunidad para frenar la transmisión del coronavirus.
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Las restricciones en las zonas de salud entran en vigor el lunes 26 de octubre
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La principal medida, que también se aplica en estas demarcaciones, es que
se prohíben las reuniones sociales y familiares en espacios tanto públicos como privados para personas no convivientes,
desde las 00:00 horas hasta las 6:00 horas, y se restringen solo a convivientes. Mientras, durante el resto del día, máximo de seis personas.
Durante esta franja de 6 horas,
no podrán abrir los locales de restauración, cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes, establecimientos para espectáculos públicos y actividades recreativas, residencias universitarias, colegios mayores, instalaciones deportivas, parques, jardines, y establecimientos de juegos y apuestas. Además,
los servicios de hostelería no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 23:00.
Los comercios tampoco podrán iniciar la actividad antes de las 6:00 horas y deberán cerrar a las 22:00 horas, excepto los que presten
servicios imprescindibles, como farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Aquellos centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas.
El aforo, como norma general
se limita al 50 por ciento, incluidos
lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, donde además se suspende el servicio en barra. Como excepción, el límite de aforo será del
75 por ciento en teatros, cines y otras instalaciones culturales, terrazas al aire libre y comercios, del
60 por ciento en centros de formación no reglada y del
40 por ciento en las salas multiusos polivalentes.
Mientras,
el transporte no estará restringido ya que hay personas que trabajan y tienen que desplazarse entre las 00:00 y las 6:00 horas.
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