El acuerdo para incorporar a los profesionales del
Hospital Universitario de Fuenlabrada como personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) estuvo centrado básicamente en la
negociación de las condiciones económicas. La integración, que surtirá efecto desde el 1 de enero de 2027, contempla una serie de complementos cuyas cuantías podrán modificarse según las absorciones anuales que se produzcan.
El capítulo que lo detalla así es el VII del pacto de Condiciones Económicas y Laborales, firmado entre la Administración, los miembros del Comité de Empresa de la empresa pública del centro hospitalario y las organizaciones sindicales, que recoge las
retribuciones del personal que se integrará en el régimen estatutario y laboral de la Comunidad de Madrid. Se trata de dos suplementos: el
Complemento Personal Transitorio Absorbible (CPTA) y el de Productividad Variable Transitoria (PVT), cuyos montos se calcularán al momento inicial de
la integración, según indica el acuerdo al que ha accedido
Redacción Médica.
Complemento Personal Transitorio Absorbible (CPTA)
Al personal que se integre al Sermas y que, con anterioridad, "percibiera retribuciones brutas en cómputo anual superiores a las correspondientes a la categoría estatutaria de integración",
se le reconocerá un complemento personal, transitorio y absorbible, "consistente en la diferencia entre la totalidad de las retribuciones anteriores como personal laboral de convenio propio y las que correspondan como personal estatutario en el Sermas". Según lo contemplado en el documento,
para calcular el CPTA "no se considerarán las cantidades percibidas por Atención Continuada, guardias, incentivos, plus de festividad, turnicidad y/o nocturnidad, complemento de rotación, complemento de jornada complementaria, ni la realización de horas extraordinarias ni cualquier otro concepto equiparable, ni las cantidades que en cualquier otro complemento de carácter personal tengan reconocidas".
Además, a efectos de la absorción del complemento "no se considerarán ni los trienios, ni la carrera profesional ni los conceptos de naturaleza variable según lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma 2026". El Complemento Personal Transitorio Absorbible
se abonará en 12 mensualidades y "será absorbido con cualquier mejora retributiva, incluida la mejora derivada del cambio de puesto de trabajo, excepto las mejoras de los conceptos excluidos del cálculo de este complemento".
Productividad Variable Transitoria (PVT)
El concepto salarial complementario que estaba relacionado a incentivos por el cumplimiento de objetivos de la organización, la participación en programas y actuaciones concretas, rendimiento, interés y la iniciativa del titular del puesto, dará lugar a una
Productividad Variable Transitoria (PVT). Para su cálculo, que corresponde a la diferencia entre los incentivos de la empresa pública Hospital de Fuenlabrada y la productividad variable por objetivos percibida por el personal estatutario, se tendrá en cuenta "los incentivos que se perciben como personal laboral por una parte y, por otra,
el 80,73 por ciento (porcentaje percibido por productividad variable por objetivos 2024 de las cuantías medias fijadas para ese ejercicio) de las cuantías medias fijadas para las categorías y puestos de trabajo de productividad variable del personal estatutario", tal cual lo describe el acuerdo.
Si los incentivos percibidos por el personal laboral son superiores a la productividad variable de personal estatutario, "se ajustará la cuantía resultante cuando la diferencia de incentivos sumada a las retribuciones de personal estatutario sea superior" a las de personal laboral del Hospital de Fuenlabrada. Así, la cuantía de la PVT
se distribuirá en un 60 por ciento, en 12 mensualidades y en un 40 por ciento en el ejercicio siguiente, tras una evaluación de los objetivos correspondientes al Contrato Programa. Además, la PVT será absorbida "únicamente por los incrementos que se produzcan en las cuantías medias reales de la Productividad Variable por objetivos".
Complemento de rotación
Este concepto se fija para retribuir la realización de la
actividad programada de turno de tarde en turno deslizante con las cuantías que se recogen en el Convenio Colectivo del Hospital de Fuenlabrada. No ha sido incluido en la comparación entre las retribuciones del Hospital de Fuenlabrada y las retribuciones de personal estatutario.
La gerencia del Hospital Universitario de Fuenlabrada "fijará una cuantía mensual de productividad variable de
igual importe al complemento de rotación vigente en convenio". Esta productividad variable se aplicará a las categorías y puestos de trabajo que perciban el complemento de rotación "siempre y cuando
se mantengan las condiciones para su percepción" y no tendrá carácter absorbible.
Carrera profesional en el Sermas
El acuerdo también contempla el
reconocimiento de la carrera profesional para el personal que resulte integrado como consecuencia del proceso de estatutarización, con el reconocimiento de los niveles que ya tuvieran consolidados, con plenos efectos administrativos y económicos. El personal integrado
podrá participar en el procedimiento ordinario de Carrera Profesional de 2026 y "los correspondientes Comités Evaluadores de Área propondrán los niveles de carrera profesional que correspondan, teniendo en cuanta únicamente toda la antigüedad que tuvieran bajo el régimen de laboral o funcionario". En el caso de que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para la carrera no hubiera concluido el procedimiento de integración,
se abriría un plazo extraordinario de presentación de solicitudes para estos profesionales.
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